por ESTERIVAS » Sab 20 Feb 2016 11:02 am
Desde luego,que ganas de marear la perdiz. En vez de recurrir la declaración de insolvencia, yo habría ido al juzgado a comprobar el resultado de la averiguación patrimonial, si veo bienes o creo que los tiene, los designo yo o pido diligencias de averiguación, ... Que se declare el conocimiento de nueva o distinta situación económica, embargo y en paz. He visto más recursos fb penal, en dos meses, que en tres años en civil.
Desde luego,que ganas de marear la perdiz. En vez de recurrir la declaración de insolvencia, yo habría ido al juzgado a comprobar el resultado de la averiguación patrimonial, si veo bienes o creo que los tiene, los designo yo o pido diligencias de averiguación, ... Que se declare el conocimiento de nueva o distinta situación económica, embargo y en paz. He visto más recursos fb penal, en dos meses, que en tres años en civil.