CONSULTA SOBRE SECRETARIOS COORDINADORES

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Expandir vista Revisión de tema: CONSULTA SOBRE SECRETARIOS COORDINADORES

por Carlos Valiña » Jue 01 Ene 2004 11:55 pm

Pues es posible que como dice Pilar, en atencion a que muchos Secretarios de Gobierno estaran en edades proximas a la jubilacion y seria un palo hacerlos salir de su ciudad, o hacerlos volver a plazas de combate, a la hora de la verdad se haga una interpretacion laxa del precepto y los dejen adscritos al organo, mas por beneficencia que por haber pensado en tal cosa al hacer la norma.

La cuestion se decidira seguramente por la dinamica de ceses, si en un Tribunal cada Secretario de Gobierno entra con cincuenta años y se va con 69 pues no importaria adscribirlos un año, pero si en un Tribunal entran con cincuenta y se cargan uno cada dos años, tendriamos 25 adscritos y eso no puedo ser.

Conclusion me temo que a los cesados les ira mal y no "podran" quedarse adscritos, a salvo que el reglamento establezca alguna clausulilla de salvaguardia del tipo, quedaran adscritos si tienen mas de 65 años a la fecha del cese, lo que causaría muchos ceses con 64 años y 11 meses, en fin nuestro sino.

Un saludo a todo el foro.

SECRETARIOS COORDINADORES

por ARCOIRIS » Jue 04 Dic 2003 4:27 pm

Para Carlos Valiñas:


Agradecerte la respuesta .

Un saludo.

por Carlos Valiña » Jue 04 Dic 2003 2:36 am

Pregunta de ciencia ficcion donde las haya, en que ¿dimensión quedara el coordinador cesado? Art. 466-4

Este es un tema que probablemente se tendra que ventilar en el Reglamento el cual establecera:
-La prioridad entre las opciones que da la ley: Quedar adscrito al puesto de coordinador, hasta "la consolidacion de la plaza correspondiente" hay que entender hasta que se nombre el nuevo coordinador, evitando asi un periodo de "vacio de poder", o bien segundo supuesto legal y mas asimilable al clasico de jueces, quedar adscrito a otro organo de igual categoria de su plaza, puede ser una vacante o un refuerzo en un organo que este muy mal.
-Quien sera el encargado de efectuar esa adscripcion:podria ser el Secretario de Gobierno al amparo del 465.5 o a peticion o previa simple comunicacion de este, el MInisterio (465.7) Tema reglamentario para dilucidar.
-Si no se opta supongo se seguira el sistema clasico de obligarte a participar en el primer concurso de traslado que surja pasados dichos dos años, pero yo que tu no me preocuparia demasiado, no creo que te nombren coordinadora y por tanto dificilmente te veras en tan dificil tramite. Esto tambien lo determinara el reglamento. Se supone que despues de hecho el reglamento deberia estar todo resuelto.

Un saludo "ficticio".

CONSULTA SOBRE SECRETARIOS COORDINADORES

por ARCOIRIS » Mié 03 Dic 2003 4:53 pm

Dispone el artículo 466-2 de la LOPJ que " Los Secretarios Coordinadores que cesaren en su cargo quedarán adscritos a la Oficina en que cesen hasta la consolidación de la plaza correspondiente.. ¿ a que Oficina Judicial se refiere?, que quiere decir " hasta la consolidación de la plaza correspondiente?....o a órgano de su categoria de la ciudad de procedencia, pudiendo optar..... ¿ y si no se opta, en donde se queda una ?.
Me gustaria me aclaraseis el tema.
Gracias por anticipado.

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