Sobrante en hipotecario y cargas posteriores ya canceladas.

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Re: ¿Qué hago con este dinero?

por marialara » Mar 16 Ago 2016 11:39 am

Sin perjuicio de opiniones mejor fundamentadas, entiendo que tienes que dar el trámite para distribución de sobrante entre los acreedores posteriores que te consten en la certificación de cargas expedida en 2010.

Desde el momento en que se inscribe el decreto de adjudicación, las cargas posteriores se cancelan, pero los créditos pueden seguir subsistentes, y a ti te constan en el expediente.

Un saludo

Sobrante en hipotecario y cargas posteriores ya canceladas.

por ccl » Vie 12 Ago 2016 10:56 am

Hola a todos. En mi nuevo juzgado me he encontrado un regalito. Se trata de un hipotecario que tiene consignado un sobrante de más de 11.000 euros. En su día(año 2013) se acordó pedir al Rº Prop nota simple actualizada para ver los acreedores posteriores ( porque en la certificación del 2010 aparecían). El caso es que no sé cómo el inmueble ahora aparece inscrito a favor del adjudicatario de la subasta y sin cargas posteriores claro. Porque aquí no se ha distribuido el sobrante. Mi pregunta es si debo llamar a los acreedores que aparecían en su momento y con ellos hacer el reparto de sobrante y en ese caso cuál es su garantía ahora, porque no aparece anotado. O debo considerarlo sobrante conforme a la nota actual y entregárselo al deudor.

Gracias.

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