por Invitado » Dom 04 Dic 2016 2:36 pm
Gracias Javier ; mi duda era esa ya que aunque los dias 24 y 31de diciembre se declaran expresamente inhabiles por el art 182 LOPJ ,la orden de justicia de 27 de diciembre 2013, publicada en el BOE 16 de enero 2014 en su art. 7.1 g) establece que permaneceran cerradas las oficinas judiciales salvo el servicio de guardia ; no obstante se me planteaba al ser este año el dia 24 sabado se aplicaria el horario de sabado de 9 a 14 horas y de 17 a 20 horas o al haber sido declarado expresamente inhabil se asimila a un dia festivo y se aplica el horario que establece el reglamento de aspectos accesorios de 2005 de apertura de 10 a 14 horas que se establece para domingos y festivos . Yo creo como tu que se aplicaria esto ultimo .
Gracias Javier ; mi duda era esa ya que aunque los dias 24 y 31de diciembre se declaran expresamente inhabiles por el art 182 LOPJ ,la orden de justicia de 27 de diciembre 2013, publicada en el BOE 16 de enero 2014 en su art. 7.1 g) establece que permaneceran cerradas las oficinas judiciales salvo el servicio de guardia ; no obstante se me planteaba al ser este año el dia 24 sabado se aplicaria el horario de sabado de 9 a 14 horas y de 17 a 20 horas o al haber sido declarado expresamente inhabil se asimila a un dia festivo y se aplica el horario que establece el reglamento de aspectos accesorios de 2005 de apertura de 10 a 14 horas que se establece para domingos y festivos . Yo creo como tu que se aplicaria esto ultimo .