Notas de condena

Publicar una respuesta


Esta pregunta es una forma de evitar inserciones automatizadas por Spambots.
Emoticonos
:D :) :( :o :shock: :? :cool: :lol: :x :P :oops: :cry: :evil: :twisted: :mrgreen: :RotoDeRisa: :roll: :wink: :| :arrow: :?: :!: :whistling: Monito-nono :filaaplausos: :filalupa: :pensativo: :monito-me-dejas-ko: monitobeso001 chocala :doa2: :monito-asco: :cabezazo2: :censored: :dedoscruz: :descojone: :oleole :monito-normas-foro: :monito-llamada-orden: :monito-megafono: :monito-juez-2: :monito-cabreo-agudo: :monito-maldiciones: :cabreado: :monito-confused: :monito-corazones: :monito-me-callo: :monito-necesito-cafe: :monito-rezo: :monito-vomito-4: :monito.cheer: :monito-burla: :monito-berrinche: :quebien: :quetefollen: :cremallera: :buabua: :babeando: :sleepingsmiley012: :affraid: :pckk: :cutrefunciones: :NegroJuzgado: :NegroIudiciorum: :parienta: :monito-secresoso: :bienhecho: :gracias: :monito-buen-post: :noloentiendo:
Ver más emoticonos

BBCode está habilitado
[img] está habilitado
[url] está habilitado
Emoticonos están habilitados

Revisión de tema
   

Expandir vista Revisión de tema: Notas de condena

Re: Notas de condena

por Xoán » Jue 25 May 2017 1:51 pm

Sí, es muy común. Por eso pone fecha efecto requerimiento, y no fecha de requerimiento, si no me equivoco.

Un saludo. Para eso estamos, para echarnos una mano.

Re: Notas de condena

por Novata10 » Jue 25 May 2017 1:07 pm

Vale. Entonces, para una retirada de permiso de conducir, si en el requerimiento pone 5 días, por que no lo entrega en el acto, pongo esa, no???

Gracias.

Es que soy gestora y siempre he estado en civil.

Re: Notas de condena

por Xoán » Jue 25 May 2017 11:18 am

Si estás en instrucción, pon solamente fecha de efecto del requerimiento.
La fecha previsible de cumplimiento la pondrá el penal una vez hecha la liquidación de condena.

Notas de condena

por Novata10 » Mié 24 May 2017 9:50 pm

Buenas tardes,

Cuando pasáis las notas de condena al SIRAJ de los rápidos, ponéis la fecha de requerimiento, y después en fecha de inicio de condena, ponéis la misma que la del requerimiento, ay para el inicio de cunplimiento y fin cual ponéis?????
Soy novata sustituta en penal, y tengo mil dudas.
Muchas gracias

Arriba