por Magistrado Granollers » Mié 31 May 2017 10:57 am
Los animales son en el derecho cosas, y no pasa nada por ello. No es incompatible con su protección (También se protegen las cosas propiedad de las personas) ni con la consideración debida a su eventual sufrimiento en casos puntuales. El hombre se dota a sí mismo de un ordenamiento jurídico y en él la figura humana se contrapone a todo lo demás, como es lógico porque es la diferencia entre sujeto y objeto, este último no como "cosa" en sentido peyorativo, despectivo o que le quite valor, sino como lo que constituye el elemento sustantivo de determinados derechos subjetivos de la persona. Es una contradicción que una sociedad de sujetos de una misma naturaleza (humana) establezca un ordenamiento como medio de regular su convivencia en el que se equipare parcialmente a sujetos de otra naturaleza como son los animales.
La paja mental que se hacen algunos con estas cosas me deja perplejo.
Los animales son en el derecho cosas, y no pasa nada por ello. No es incompatible con su protección (También se protegen las cosas propiedad de las personas) ni con la consideración debida a su eventual sufrimiento en casos puntuales. El hombre se dota a sí mismo de un ordenamiento jurídico y en él la figura humana se contrapone a todo lo demás, como es lógico porque es la diferencia entre sujeto y objeto, este último no como "cosa" en sentido peyorativo, despectivo o que le quite valor, sino como lo que constituye el elemento sustantivo de determinados derechos subjetivos de la persona. Es una contradicción que una sociedad de sujetos de una misma naturaleza (humana) establezca un ordenamiento como medio de regular su convivencia en el que se equipare parcialmente a sujetos de otra naturaleza como son los animales.
La paja mental que se hacen algunos con estas cosas me deja perplejo.