por Inviv85 » Mié 19 Ene 2022 6:13 pm
Buenas. Sí Termi, el reglamento dice eso, y es más correcto, pero el tema es, tal como dice el compañero anterior, que si la parte lo pide en demanda independiente y con 555,¿ no hay motivo para poner un auto denegando ejecución no?
Despacho y acumulo.
Es que veo compis que dicen de denegar del tirón.
Y yo entiendo que están las dos vías, unas más correcta quizás, pero cmo poder, podría hacerla por ambas,sin perjuicio de luego acumular
Buenas. Sí Termi, el reglamento dice eso, y es más correcto, pero el tema es, tal como dice el compañero anterior, que si la parte lo pide en demanda independiente y con 555,¿ no hay motivo para poner un auto denegando ejecución no?
Despacho y acumulo.
Es que veo compis que dicen de denegar del tirón.
Y yo entiendo que están las dos vías, unas más correcta quizás, pero cmo poder, podría hacerla por ambas,sin perjuicio de luego acumular