Apud acta sin demanda y para la misma poblacion

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Re: Apud acta sin demanda y para la misma poblacion

por ELY » Vie 21 Feb 2020 11:04 am

Sin ningún problema. Yo no veo obstaculo para que se otorguen apud acta para procedimientos no iniciados en el mismo partido, aquí nosotros lo hacemos así, sin plantearnos problema alguno.
Ely

Apud acta sin demanda y para la misma poblacion

por Wences4 » Jue 20 Feb 2020 3:54 pm

Está claro que hay que hacer la apud acta para otros Juzgados aunque no se haya aún presentado la demanda, y aunque pensemos que la famosa instrucción es contra legem. Pero cuando la apud acta que se pretende sea para una demanda, en potencia, pero que en todo caso se ha de presentar en esa misma población donde se pide la apud acta ¿Cabe ahí también permitirle que se haga la apud acta sin haber presentado la demanda? o en esos supuestos, es decir que la eventual demanda sea ante la misma población debe esperar a presentar la demanda e indicar en la misma que se hará la apud acta cuando el Juzgado le requiera para ello. Aunque el supuesto concreto no lo perfila la instrucción os lo transcribo. Observar especialmente el último inciso del párrafo 2º.

Instrucción 3/2010 SGAJ:
Cuarto- Otorgamiento de poderes “apud acta”
De conformidad con lo establecido en el artículo 24.1 de la LEC, los
Secretarios Judiciales autorizarán los poderes “apud acta” que les sean
solicitados por las partes, aunque se trate de procedimientos de los que
conocerá un órgano Judicial distinto.
Si el apoderamiento que se otorga tiene como destino su presentación
en un procedimiento que se encuentra iniciado, deberá expresarse el número
del procedimiento y el órgano que conozca del mismo. Se establecerán las
medidas oportunas para que, cuando el poder quiera otorgarse en la misma
localidad en que se sigue el procedimiento, sea el secretario judicial del órgano
que conoce del mismo el que lo autorice.
Si el apoderamiento se otorga en relación con un procedimiento que aún
no se ha iniciado, deberá expresarse el partido judicial en el que debe de surtir
efecto.

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