por PILAR2017 » Mié 09 Dic 2020 10:27 pm
opino que si, siempre que ese importe que ha cobrado lo descuente de la deuda, y se siga por la mitad contra la otra parte ejecutada.
Porque de lo contrario cobraría doble la parte actora.
Yo en los casos que en que llegan a un acuerdo extrajudicial, con alguno de los ejecutados, le pido que me diga en cuanto queda la deuda de la ejecución, y normalmente pues lo dicen y sin problema.
saludos
opino que si, siempre que ese importe que ha cobrado lo descuente de la deuda, y se siga por la mitad contra la otra parte ejecutada.
Porque de lo contrario cobraría doble la parte actora.
Yo en los casos que en que llegan a un acuerdo extrajudicial, con alguno de los ejecutados, le pido que me diga en cuanto queda la deuda de la ejecución, y normalmente pues lo dicen y sin problema.
saludos