por Top Secre » Jue 10 Feb 2022 7:31 pm
Intereses primero. Es un crédito y cantidad debida a la demandante y hasta que no se satisfaga ese crédito que trae causa de un derecho subjetivo cuya tutela se pretende no entramos con las costas, que son los honorarios de los profesionales por haber actuado en el proceso. Eso es lo último por más que se empeñen en pedir las costas antes que los intereses o incluso antes que el principal.
Bienvenido y pregunta todo lo que necesites, que aquí estamos para eso. Y cuéntaselo a tus compis de promoción, porque este foro puede seros de gran ayuda y aquí hay gente que sabe muchísimo.
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