por Anabelryork1983 » Mar 05 Abr 2022 11:21 am
Buenos días! En relación con la comunicación que hace el Notario conforme a lo dispuesto en el art. 648 LC, ¿cómo lo registais en el Juzgado? Como el anterior art. 5bis LC? Hay que hacer alguna comunicación a algún Registro? ¡Muchas gracias!
Buenos días! En relación con la comunicación que hace el Notario conforme a lo dispuesto en el art. 648 LC, ¿cómo lo registais en el Juzgado? Como el anterior art. 5bis LC? Hay que hacer alguna comunicación a algún Registro? ¡Muchas gracias!