por mery40 » Mar 06 Dic 2022 8:34 pm
Buenas tardes, soy GPA en un juzgado de paz, me han presentado una conciliación en la que la demandante actúa en su propio nombre y en nombre y beneficio de otras dos personas identificadas con nombre y apellidos, también en nombre y beneficio de los legítimos herederos de fulanito, actúa bajo la dirección de letrado, que firma la conciliación junto con su cliente, me surge la duda de si tengo que requerir a la demandante para que presente poder en nombre de los demás demandantes..., según la demanda son todos copropietarios de una tierra rustica, o puede actuar en nombre de los demás copropietarios sin poder, no lo tengo claro la verdad,
Buenas tardes, soy GPA en un juzgado de paz, me han presentado una conciliación en la que la demandante actúa en su propio nombre y en nombre y beneficio de otras dos personas identificadas con nombre y apellidos, también en nombre y beneficio de los legítimos herederos de fulanito, actúa bajo la dirección de letrado, que firma la conciliación junto con su cliente, me surge la duda de si tengo que requerir a la demandante para que presente poder en nombre de los demás demandantes..., según la demanda son todos copropietarios de una tierra rustica, o puede actuar en nombre de los demás copropietarios sin poder, no lo tengo claro la verdad, :gracias: