por MINERVO » Mié 02 Jul 2025 10:30 am
5. El letrado o letrada de la Administración de Justicia requerirá a la parte demandada para que, en el plazo de dos días desde la notificación de la demanda, designe letrado o letrada, graduado o graduada social o procurador o procuradora, salvo que litigase por sí misma.
¿Cuál debe ser la consecuencia de no atender la designación de letrado/a en el plazo de 2 días desde la notificación?
5. El letrado o letrada de la Administración de Justicia requerirá a la parte demandada para que, en el plazo de dos días desde la notificación de la demanda, designe letrado o letrada, graduado o graduada social o procurador o procuradora, salvo que litigase por sí misma.
¿Cuál debe ser la consecuencia de no atender la designación de letrado/a en el plazo de 2 días desde la notificación?