por SeJuXXI » Mar 06 May 2008 1:57 am
La escritura de hipoteca acompañada sin más con la demanda ejecutiva es segunda copia (a ver si colaba).
El Juzgado requiere a la actora para que en 10 dias (231 LEC) presente, conforme a los arts. 685.2 y 517.2.4º LEC, primera copia o segunda expedida en virtud de mandamiento judicial y con citación de la persona a quien deba perjudicar, o de su causante, o con la conformidad ce todas las partes.
Contesta y (ahora sí) explica que no tiene primera copia (pq la extravió) y que solicita del juzgado libre mandamiento al Notario para que expida 2ª copia.
¿Debe denegarse el despacho de ejecución -552 LEC-?
¿Debe accederse a lo solicitado? ¿En cualquier caso, aunque se accediera a ello, no faltaría aún el requisito de citación de contraria?
El TC, pese al principio proactione, distingue entre actos defectuosos y actos no realizados.
Saludos
La escritura de hipoteca acompañada sin más con la demanda ejecutiva es segunda copia (a ver si colaba).
El Juzgado requiere a la actora para que en 10 dias (231 LEC) presente, conforme a los arts. 685.2 y 517.2.4º LEC, primera copia o segunda expedida en virtud de mandamiento judicial y con citación de la persona a quien deba perjudicar, o de su causante, o con la conformidad ce todas las partes.
Contesta y (ahora sí) explica que no tiene primera copia (pq la extravió) y que solicita del juzgado libre mandamiento al Notario para que expida 2ª copia.
¿Debe denegarse el despacho de ejecución -552 LEC-?
¿Debe accederse a lo solicitado? ¿En cualquier caso, aunque se accediera a ello, no faltaría aún el requisito de citación de contraria?
El TC, pese al principio proactione, distingue entre actos defectuosos y actos no realizados.
Saludos