por notificadora » Jue 28 Ene 2010 11:54 am
En un Verbal se declara en rebeldia al demandado, que ha cambiado durante la tramitación del procedimiento, además, de domicilio sin comunicarlo.
La sentencia se le notificará por edictos en el Boletín oficial, pero ¿es preciso esperar los 20 días desde la publicación para despachar ejecución? hay una gestora, muy muy lista, que me sugiere que como cambió de domicilio y no lo comunicó, en este caso no hay que esperar...
gracias
En un Verbal se declara en rebeldia al demandado, que ha cambiado durante la tramitación del procedimiento, además, de domicilio sin comunicarlo.
La sentencia se le notificará por edictos en el Boletín oficial, pero ¿es preciso esperar los 20 días desde la publicación para despachar ejecución? hay una gestora, muy muy lista, que me sugiere que como cambió de domicilio y no lo comunicó, en este caso no hay que esperar...
gracias