por Invitado » Sab 24 Abr 2010 9:46 pm
Está claro que es el día cuatro de mayo y no el cinco, porque la ley se publicó el 4 de noviembre y al disponer su entrada en vigor por meses se computa de fecha a fecha:
codigo civil:
Artículo 5.
1. Siempre que no se establezca otra cosa, en los plazos señalados por días, a contar de uno determinado, quedará éste excluido del cómputo, el cual deberá empezar en el día siguiente; y si los plazos estuviesen fijados por meses o años, se computarán de fecha a fecha. Cuando en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
2. En el cómputo civil de los plazos no se excluyen los días inhábiles.
en cuanto a la expresión "que se hallen entrámite", aunque puede ser discutible, entiendo que ha de referirse a aquellos procesos con entrada anterior al 4 de mayo, hayan sido o no incoados, por seguridad jurídica.
Está claro que es el día cuatro de mayo y no el cinco, porque la ley se publicó el 4 de noviembre y al disponer su entrada en vigor por meses se computa de fecha a fecha:
codigo civil:
Artículo 5.
1. Siempre que no se establezca otra cosa, en los plazos señalados por días, a contar de uno determinado, quedará éste excluido del cómputo, el cual deberá empezar en el día siguiente; y si los plazos estuviesen fijados por meses o años, se computarán de fecha a fecha. Cuando en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
2. En el cómputo civil de los plazos no se excluyen los días inhábiles.
en cuanto a la expresión "que se hallen entrámite", aunque puede ser discutible, entiendo que ha de referirse a aquellos procesos con entrada anterior al 4 de mayo, hayan sido o no incoados, por seguridad jurídica.