por Invitado » Mié 19 May 2010 2:46 pm
Nada, a diferencia de la jurisdicción social en la que se prevee expresamente que el Secretario alzara de oficio el embargo si la subasta queda desierta y no ejercitan su derecho el ejecutante o responsables solidarios en la LEC se señala que sólo se puede alzar el embargo si lo pide el ejecutado.
Nada, a diferencia de la jurisdicción social en la que se prevee expresamente que el Secretario alzara de oficio el embargo si la subasta queda desierta y no ejercitan su derecho el ejecutante o responsables solidarios en la LEC se señala que sólo se puede alzar el embargo si lo pide el ejecutado.