por Carlos Valiña » Vie 03 Ago 2012 5:28 pm
Una solucion rapida es en efecto transferir todas esas multas al tesoro publico.
Para no sobrecargar a la Secretaria poniendo las correspondientes Diligencias de Ordenación, puedes limitarte a efectuar las transferencias y guardar en un legajo aparte esos resguardos de transferencia.
El motivo es que aunque lo correcto es documentar las actuaciones, y si se adopta la decision de devolver un dinero hay que acordarlo, como quiera que el que acuerda y el que ejecuta eres tu mismo, o sea el Secretario, no tiene mucho sentido andarte dando ordenes a ti mismo, con lo cual, bastaria con hacer tu las transferencias e incorporar esos resguardos a las actuaciones, con lo que ya quedaria documentado, pero como andar sacando todos esos expedientes uno a uno para incorporar el resguardo puede ser una distorsion importante, la solucion alternativa es esta del legajo.
Ningun problema tampoco si alguien en el futuro mueve esa causa por cualquier motivo, que no sera el caso, porque siempre podra sacar de Banesto una copia de la transferencia en cuestion y unirla al expediente.
En consecuencia yo, si son muchos, en los expedientes donde solo haya que transferir una multa, sea en todo o en parte, procederia de este modo, no es muy purista, pero si efectivo, pasable y cumple la maxima fundamental del trabajo: lo mejor es enemigo de lo bueno.
Esto es lo bueno.
Saludos.
Una solucion rapida es en efecto transferir todas esas multas al tesoro publico.
Para no sobrecargar a la Secretaria poniendo las correspondientes Diligencias de Ordenación, puedes limitarte a efectuar las transferencias y guardar en un legajo aparte esos resguardos de transferencia.
El motivo es que aunque lo correcto es documentar las actuaciones, y si se adopta la decision de devolver un dinero hay que acordarlo, como quiera que el que acuerda y el que ejecuta eres tu mismo, o sea el Secretario, no tiene mucho sentido andarte dando ordenes a ti mismo, con lo cual, bastaria con hacer tu las transferencias e incorporar esos resguardos a las actuaciones, con lo que ya quedaria documentado, pero como andar sacando todos esos expedientes uno a uno para incorporar el resguardo puede ser una distorsion importante, la solucion alternativa es esta del legajo.
Ningun problema tampoco si alguien en el futuro mueve esa causa por cualquier motivo, que no sera el caso, porque siempre podra sacar de Banesto una copia de la transferencia en cuestion y unirla al expediente.
En consecuencia yo, si son muchos, en los expedientes donde solo haya que transferir una multa, sea en todo o en parte, procederia de este modo, no es muy purista, pero si efectivo, pasable y cumple la maxima fundamental del trabajo: lo mejor es enemigo de lo bueno.
Esto es lo bueno.
Saludos.