por Ximo » Mar 29 Nov 2005 9:20 pm
Leyendo este tema me viene a la memoria una duda que tengo en el tema de embargo de salarios en una ejecución que no lo sea para satisfacer alimentos, veamos: Se pide a la empresa en que trabaja el ejecutado que aporte nómina mensual del mismo y resulta ser, que al ejecutado se le viene embargando el sueldo en otra ejecución, ¿Puedo embargarle yo en mi ejecución el sueldo neto que perciba -superior por supuesto al S.M.I.- deducida ya la cantidad retenida en la otra ejecución y sieguiendo respecto de esa cantidad -faltaría más- las reglas y porcentajes de la ley, o si ya carga con un embargo no puedo tocarle el sueldo neto que le quede?. Saludos. XIMO.
Leyendo este tema me viene a la memoria una duda que tengo en el tema de embargo de salarios en una ejecución que no lo sea para satisfacer alimentos, veamos: Se pide a la empresa en que trabaja el ejecutado que aporte nómina mensual del mismo y resulta ser, que al ejecutado se le viene embargando el sueldo en otra ejecución, ¿Puedo embargarle yo en mi ejecución el sueldo neto que perciba -superior por supuesto al S.M.I.- deducida ya la cantidad retenida en la otra ejecución y sieguiendo respecto de esa cantidad -faltaría más- las reglas y porcentajes de la ley, o si ya carga con un embargo no puedo tocarle el sueldo neto que le quede?. Saludos. XIMO.