por Veintiseis » Vie 24 Ene 2014 8:20 pm
Hola a td@s!
Pego el modelo del decreto que me pasaron en su día. Es muy simple y solamente se basa en el art 36 de la ley que regula la Sareb. No es necesario suspender el procedimiento ni dar traslado a los ejecutados, una vez que el procurador se persona con el poder de la Sareb pidiendo la sucesión procesal y la documentación que acredita que se le ha transferido el activo que se ejecuta, se acuerda la sucesión procesal. puesto que la transmisión de los activos a la sareb se realizará sin necesidad de obtener el consentimiento de terceros, como dice el mencionado artículo, ya que esa trasmisión viene impuesta directamente por Ley, no es una fusión, transformación , absorción o mutación a hombre rana (con perdón , pero es que con tanta reestructuración bancaria e ingeniería financiera me pierdo) que acuerden voluntariamente las entidades financieras.
D E C R E T O
Sr./a Secretario/a Judicial:
D./Dña. XXXX.
En XXXX, a XXXX de XXXXXXde dos mil trece.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- El presente proceso de ejecución hipotecaria ha sido promovido con fecha xxxxx por BANKIA S.A.U., frente a XXXXX..
Segundo.- Encontrándose el proceso en el trámite de solicitud de adjudicación de las fincas subastadas objeto de la presente ejecución hipotecaria, se ha presentado por la representación procesal de la actora BANKIA SAU escrito poniendo de manifiesto que dicha entidad ha transmitido el activo que representan los derechos derivados del préstamo hipotecario ejecutado en el presente procedimiento a la SOCIEDAD DE GESTION DE ACTIVOS PROCEDENTES DE LA REESTRUCTURACIÓN BANACARIA SA , en adelante SAREB, mediante la firma de contrato de transmisión de Activos, de fecha xxxx, elevado a escritura publica ante el Notario de Madrid D XXXXX bajo el nº XXX de su protocolo, acompañando la documentación acreditativa de tal extremo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.- Habiéndose acreditado la transmisión del activo que representan los derechos derivados del préstamo hipotecario objeto del presente procedimiento, teniendo tal transmisión la consideración de acto debido al venir exigido por la Ley 9/2012 de 14 de Noviembre, y en atención a su art 36, procede aprobar la sucesión procesal y en consecuencia tener por adquirida por la entidad SAREB la posición jurídica de BANKIA SAU , a todos los efectos, por lo que dicha entidad ha de figurar como ejecutante en este procedimiento.
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
Disponer que SAREB ocupe en el presente juicio la posición de ejecutante en el lugar que venía ocupando BANKIA S.A.U.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante el/la Secretario/a Judicial que lo dicta, en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente al de su notificación, mediante escrito en el que deberá expresarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (art. 451.1 y 452.1 L.E.C.).
Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos (art. 451.3 L.E.C.).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
Hola a td@s!
Pego el modelo del decreto que me pasaron en su día. Es muy simple y solamente se basa en el art 36 de la ley que regula la Sareb. No es necesario suspender el procedimiento ni dar traslado a los ejecutados, una vez que el procurador se persona con el poder de la Sareb pidiendo la sucesión procesal y la documentación que acredita que se le ha transferido el activo que se ejecuta, se acuerda la sucesión procesal. puesto que la transmisión de los activos a la sareb se realizará sin necesidad de obtener el consentimiento de terceros, como dice el mencionado artículo, ya que esa trasmisión viene impuesta directamente por Ley, no es una fusión, transformación , absorción o mutación a hombre rana (con perdón , pero es que con tanta reestructuración bancaria e ingeniería financiera me pierdo) que acuerden voluntariamente las entidades financieras.
D E C R E T O
Sr./a Secretario/a Judicial:
D./Dña. XXXX.
En XXXX, a XXXX de XXXXXXde dos mil trece.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- El presente proceso de ejecución hipotecaria ha sido promovido con fecha xxxxx por BANKIA S.A.U., frente a XXXXX..
Segundo.- Encontrándose el proceso en el trámite de solicitud de adjudicación de las fincas subastadas objeto de la presente ejecución hipotecaria, se ha presentado por la representación procesal de la actora BANKIA SAU escrito poniendo de manifiesto que dicha entidad ha transmitido el activo que representan los derechos derivados del préstamo hipotecario ejecutado en el presente procedimiento a la SOCIEDAD DE GESTION DE ACTIVOS PROCEDENTES DE LA REESTRUCTURACIÓN BANACARIA SA , en adelante SAREB, mediante la firma de contrato de transmisión de Activos, de fecha xxxx, elevado a escritura publica ante el Notario de Madrid D XXXXX bajo el nº XXX de su protocolo, acompañando la documentación acreditativa de tal extremo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.- Habiéndose acreditado la transmisión del activo que representan los derechos derivados del préstamo hipotecario objeto del presente procedimiento, teniendo tal transmisión la consideración de acto debido al venir exigido por la Ley 9/2012 de 14 de Noviembre, y en atención a su art 36, procede aprobar la sucesión procesal y en consecuencia tener por adquirida por la entidad SAREB la posición jurídica de BANKIA SAU , a todos los efectos, por lo que dicha entidad ha de figurar como ejecutante en este procedimiento.
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
Disponer que SAREB ocupe en el presente juicio la posición de ejecutante en el lugar que venía ocupando BANKIA S.A.U.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante el/la Secretario/a Judicial que lo dicta, en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente al de su notificación, mediante escrito en el que deberá expresarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (art. 451.1 y 452.1 L.E.C.).
Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos (art. 451.3 L.E.C.).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL