Juzgados de nueva creación

Para temas que afecten a los opositores, concursos de traslado y apoyo a los Secretarios en prácticas.
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Juzgados de nueva creación

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MINISTERIO
DE JUSTICIA





SECRETARÍA DE ESTADO DE JUSTICIA



SECRETARÍA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA




DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES
CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA




SUBDIRECCIÓN GENERAL DE
ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN
TERRITORIAL DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA

​​Real Decreto por el que se crean 89 unidades judiciales dentro de la programación de 2017 para adecuar la planta judicial a las necesidades existentes.


La Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, en su artículo 20.1 faculta al Gobierno para modificar el número y composición de los órganos judiciales establecidos en dicha ley, mediante la creación de Secciones y Juzgados. Así, al amparo de esta habilitación legal, corresponde al Gobierno la creación de nuevas unidades judiciales, con la finalidad de que la planta judicial sea idónea para atender las necesidades de la Administración de Justicia, y garantizar así a los ciudadanos la efectividad de la protección judicial de sus derechos.

Por razones de carácter presupuestario para reducir el déficit público, en los últimos años no se ha procedido a la creación de nuevos órganos judiciales unipersonales -juzgados-, por lo que la planta judicial solo se ha incrementado en cuanto a plazas de magistrado en órganos judiciales colegiados y en plazas de juez de adscripción territorial en la programación de 2014. Lo que se pretende es crear juzgados que realmente sean necesarios, en cuanto a la carga de trabajo y que efectivamente se puedan constituir y entrar en funcionamiento, y atender a situaciones que realmente sean de carácter estructural, y no coyuntural o puntual, teniendo en cuenta que éstas últimas se pueden solucionar con otras medidas de racionalización, tal como se establece en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.​

Como consecuencia de lo anterior, se dispone la creación de un total de ochenta y nueve unidades judiciales incluidas en la programación de desarrollo de la planta judicial de 2017, dentro de la línea de actuación iniciada con el Real Decreto 229/2017, de 10 de marzo, por el que se crean 16 plazas de magistrados en órganos colegiados para hacer efectiva la segunda instancia penal. La creación de nuevas unidades judiciales está justificada por la carga de trabajo de los órganos judiciales en funcionamiento, este real decreto contiene la creación de ochenta y seis juzgados y 3 plazas de magistrado en Audiencias Provinciales con el fin de que la justicia sea cada vez más rápida, diligente y eficaz, a pesar del actual contexto económico de contención del gasto público.

Para ello, de conformidad con el artículo 81 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y con los artículos 14.2 y 20.3 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, se modifica el Anexo V –Audiencias Provinciales- de dicha Ley.

Además, en el presente real decreto se procede a modificar la composición de las tres secciones de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa con base a lo dispuesto en los artículos 81.3 y 4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, como consecuencia de la adscripción con carácter exclusivo y de acuerdo con el artículo 80.3 de la citada Ley Orgánica de las secciones primera y tercera de la Audiencia Provincial al orden jurisdiccional penal y la sección segunda de esa misma Audiencia al orden jurisdiccional civil, efectuada en el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 16 de febrero de 2017. En el que se insta al Gobierno a modificar la composición de la Audiencia de tal forma que la sección primera se deberá de integrar por cuatro magistrados, la sección segunda por cinco magistrados y la sección tercera por tres magistrados, con la finalidad de evitar descompensaciones entre la carga de trabajo de unas y otras, que pudieran perturbar el normal funcionamiento de las mismas.

En cuanto a la creación y constitución de órganos judiciales unipersonales, el presente real decreto dispone la creación y constitución de ochenta y seis juzgados. Por ello, en este real decreto también se procede a modificar los Anexos VI - Juzgados de Primera Instancia e Instrucción -, VII - Juzgados de lo Penal -, VIII -Juzgados de lo Contencioso-administrativo -, IX - Juzgados de lo Social-, X - Juzgados de Vigilancia Penitenciaria - y XII - Juzgados de lo Mercantil - de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre.

En cuanto a la Comunidad Valenciana, se procede a la constitución de nueve juzgados de las quince unidades judiciales cuya constitución fue suspendida por el Real Decreto 876/2011, de 24 de junio, por el que se suspende la constitución y la entrada en funcionamiento de 15 unidades judiciales, en la Comunitat Valenciana, creadas por el Real Decreto 819/2010, de 25 de junio. Y ello, como consecuencia de la comunicación al Ministerio de Justicia por parte de esa Comunidad de estar en condiciones de cumplir sus obligaciones legales y estatutarias, tal como se dispone en el artículo 1, a) del primer real decreto citado en este apartado.

Asimismo, el párrafo segundo del artículo 20.1 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, establece la transformación de juzgados de una clase determinada en juzgados de clase distinta, atendiendo a las necesidades en cuanto el volumen de carga de trabajo y a una mejor optimización de los recursos personales y materiales disponibles. En concreto, se procede a transformar los juzgados de lo penal nº 9 de Palma de Mallorca y de lo contencioso-administrativo nº 8 de Murcia en juzgados de lo social nº 5 de Palma de Mallorca y nº 9 de Murcia, respectivamente, y el juzgado de instrucción nº 5 de Torrevieja en juzgado de primera instancia nº 4 de Torrevieja. En cuanto a los juzgados de primera instancia del partido judicial de Torrevieja y como consecuencia de esta transformación, se modifica el número y la denominación del juzgado de primera instancia nº 4, cuya constitución está suspendida por el Real Decreto 876/2011, de 24 de junio, en juzgado de primera instancia nº 5 de Torrevieja, desde la fecha de efectividad de la transformación.​

Este real decreto ha sido informado por el Consejo General del Poder Judicial y las comunidades autónomas afectadas.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día de de 2017






DISPONGO


Artículo 1. Objeto.

Este real decreto tiene como objeto:

a) Concretar y adecuar la planta judicial a las necesidades judiciales existentes, mediante la creación de tres plazas de magistrado en órganos judiciales colegiados y la creación y constitución de ochenta y seis juzgados, incluida la constitución de nueve juzgados de la Comunidad Valenciana cuya constitución fue suspendida por el Real Decreto 876/2011, de 24 de junio.
b) Transformar los juzgados de lo penal nº 9 de Palma de Mallorca y de lo contencioso-administrativo nº 8 de Murcia en juzgados de lo social nº 5 de Palma de Mallorca y nº 9 de Murcia, respectivamente, así como el juzgado de instrucción nº 5 de Torrevieja en juzgado de primera instancia nº 4 de Torrevieja y en este caso y como consecuencia de la transformación realizada, cambiar el número y la denominación del juzgado de primera instancia nº 4 de Torrevieja en juzgado de primera instancia nº 5 de Torrevieja.
c) Modificar la planta judicial prevista en los anexos V, VI, VII, VIII, IX, X y XII de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.
d) Modificar la composición de la planta dotada de plazas de magistrado en la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, con base a lo dispuesto en el artículo 81.3 y 4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y como consecuencia de la adscripción con carácter exclusivo y de acuerdo con el artículo 80.3 de la citada Ley Orgánica, de las secciones primera y tercera al orden jurisdiccional penal y la sección segunda al orden jurisdiccional civil.

Artículo 2. Modificación de la planta judicial.

Se amplía la planta judicial de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.4 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre. Los anexos V, VI, VII, VIII, IX, X y XII quedan modificados en los aspectos referidos en el Anexo del presente real decreto permaneciendo inalterado en los restantes términos.

Artículo 3. Dotación de plazas de magistrado en Audiencias Provinciales

Se dotan tres nuevas plazas de magistrado en las Audiencias Provinciales que, por Comunidad Autónoma, a continuación se relacionan:

a) En la Comunidad Autónoma de Andalucía, 1 plaza de magistrado para la sección 2ª de la Audiencia Provincial de Córdoba.
b) En la Comunidad de Madrid, 2 plazas de magistrado para la Audiencia Provincial de Madrid: 1 plaza para las secciones 1ª y 7ª.

Artículo 4. Creación y constitución de juzgados.

1. Conforme a lo dispuesto en los artículos 20.1, 41, 42, 43.2, 44, 45 y 46 bis de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, se crean y se constituyen los siguientes juzgados:

​a) Cincuenta y tres juzgados de primera instancia

​Números 9 y 10 de Almería
​Número 5 de Algéciras
​Número 7 de Jerez de la Frontera
​Número 11 de Córdoba
​Número 8 de Huelva
​Número 20 de Málaga
​Números 28 y 29 de Sevilla
​Números 22 y 23 de Zaragoza
​Número 12 de Gijón
​Número 5 de Eivissa
​Número 17 de Las Palmas de Gran Canaria
Número 6 de Telde
Número 11 de Santa Cruz de Tenerife
​Número 12 de Santander
​Número 8 de Burgos
​Número 11 de León
​Número 16 de Valladolid
​Número 8 de Albacete
​Número 59 de Barcelona
​Número 8 de Badalona
​Números 8 y 9 de Granollers
​Número 8 de L’ Hospitalet de Llobregat
​Número 9 de Mataró
​Números 9 y 10 de Sabadell
​Número 9 de Terrassa
​Número 7 de Girona
​Número 9 de Lleida
​Número 9 de Tarragona
​Número 7 de Reus
​Número 8 de Elche
​Número 10 de Castellón de la Plana
​Número 8 de Badajoz
Número 14 de A Coruña
Número 6 de Ferrol
Número 7 de Ourense
Número 15 de Vigo
Números 102, 103 y 104 de Madrid
Número 6 de Alcobendas
Número 7 de Alcalá de Henares
Número 7 de Fuenlabrada
Número 8 de Móstoles
Número 6 de Torrejón de Ardoz
Número 7 de Cartagena
Números 15 y 16 de Murcia
Número 9 de Pamplona​



​b) Siete juzgados de primera instancia e instrucción

Número 6 de Roquetas de Mar
Número 4 de Santa Fe
Número 5 de Sanlúcar La Mayor
Número 5 de Ávila
Número 7 de Illescas
Número 6 de Talavera de la Reina
Número 3 de Navalmoral de la Mata​

​c) Tres juzgados de lo penal

Número 2 de Guadalajara
Número 4 de Toledo
Número 9 de Alicante

​d) Dos juzgados de lo contencioso-administrativo

Número 4 de Almería
Número 4 de Jaén

​e) Cuatro juzgados de lo social

Número 2 de Algéciras
Número 4 de Arrécife
Número 18 de Valencia
Número 42 de Madrid

​f) Un juzgado de vigilancia penitenciaria

Número 3 de la Comunidad Autónoma de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria.

​g) Seis juzgados de lo mercantil

​Número 3 de Sevilla
​Número 3 de Palma de Mallorca​​
Número 11 de Barcelona
Número 4 de Valencia
Número 13 de Madrid
Número 3 de Bilbao

2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, se constituye el juzgado de primera instancia número 15 de Bilbao.

Artículo 5. Constitución de nueve unidades judiciales cuya constitución fue suspendida por el Real Decreto 876/2011, de 24 de junio, por el que se suspende la constitución y entrada en funcionamiento de 15 unidades judiciales, en la Comunitat Valenciana, creadas por el Real Decreto 819/2019, de 25 de junio.

​1. De conformidad con la comunicación de la Comunidad Valenciana al Ministerio de Justicia de estar en condiciones de cumplir sus obligaciones legales y estatutarias, tal como dispone el artículo 1, a) del Real Decreto 876/2011, de 24 de junio, se procede a la constitución de nueve unidades judiciales de las quince cuya constitución quedó en suspenso por la citada disposición.

​2. Conforme a lo dispuesto en los artículos 41 y 42 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, se constituyen los siguientes juzgados:

a) Cuatro juzgados de primera instancia

​Número 13 de Alicante
​Número 5 de Benidorm
​Número 7 de Elche
​Número 6 de Denia​​

b) Cuatro juzgados de primera instancia e instrucción
​​
​Número 4 de Novelda​​
​Número 5 de Nules
​Número 7 de Lliria
​Número 4 de Masamagrell

c) Un juzgado de lo penal
​​
​​Número 4 de Orihuela.
Este juzgado se constituirá en Torrevieja, desde la fecha de entrada en funcionamiento, para despachar los asuntos de su competencia correspondientes a este partido judicial, en virtud del Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 23 de septiembre de 2010.


Artículo 6. Efectividad de las plazas de magistrado en órganos judiciales colegiados y entrada en funcionamiento de los juzgados.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, la fecha de efectividad de las plazas de magistrado en órganos judiciales colegiados y la de entrada en funcionamiento de los juzgados que se crean y constituyen en este real decreto, será fijada por el Ministro de Justicia, oído el Consejo General del Poder Judicial, y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Artículo 7. Relaciones de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia.

Las relaciones de los puestos de trabajo de los Letrados de la Administración de Justicia y de los funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de los órganos judiciales a que se refieren los artículos 3, 4, 5 y 6 del presente real decreto serán determinadas con arreglo a la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y al Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado mediante Real Decreto 1608/2005 de 30 de diciembre, así como la normativa aplicable a los funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial.

Artículo 8. Modificación de la composición de las secciones de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa y efectividad.

1. Se modifica la composición de las tres secciones en funcionamiento de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa en los términos siguientes:

​Sección Primera: cuatro magistrados, de los cuales uno será Presidente.
​Sección Segunda: tres magistrados, de los cuales uno será Presidente.
​Sección Tercera: cinco magistrados, de los cuales unos será Presidente.

2. De conformidad con el apartado Primero.5 del Acuerdo de 16 de febrero de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, la efectividad de la modificación de la composición de las secciones de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa a que se refiere el apartado anterior se producirán el día de la entrada en vigor del presente real decreto.

Artículo 9. Transformación de juzgados.

Los juzgados de lo penal nº 9 de Palma de Mallorca, contencioso-administrativo nº 8 de Murcia e instrucción nº 5 de Torrevieja en funcionamiento se transforman en juzgados de lo social nº 5 de Palma de Mallorca y nº 9 de Murcia y primera instancia nº 4 de Torrevieja, respectivamente.

Artículo 10. Modificación de denominación de juzgado.

Como consecuencia de la transformación prevista en el artículo 10, se modifica la denominación del juzgado de primera instancia nº 4 de Torrevieja, en juzgado de primera instancia nº 5 de Torrevieja, desde la fecha de efectividad de la transformación citada.

Artículo 11. Fecha de efectividad transformación y modificación de denominación.

1. La fecha de efectos de la transformación de juzgados a que se refiere el artículo 10 será el día 1 de enero de 2018.

2. La fecha de efectividad de la modificación de la denominación del juzgado de primera instancia nº 4 de Torrevieja en juzgado de primera instancia nº 5 de Torrevieja, será el día 1 de enero de 2018.

Disposición transitoria primera. Conocimiento de asuntos turnados con anterioridad en la Audiencia Provincial de Guipúzcoa.

Las secciones de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa continuarán conociendo de todos los asuntos que ya les hubiesen sido turnados con anterioridad, que permanecerán sometidos a su conocimiento hasta su conclusión por resolución definitiva

Disposición transitoria segunda. Asuntos pendientes de los juzgados transformados.

Con arreglo a lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 20.1 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, cuando los juzgados en funcionamiento, que se transforman tengan procedimientos pendientes conservarán su competencia sobre éstos hasta su conclusión.

Disposición final primera. Título Competencial.

El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.5ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia.

Disposición final segunda. Habilitación.

Se faculta al Ministro de Justicia del departamento para adoptar en el ámbito de su competencia cuantas medidas exige la ejecución de este real decreto.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, de de 2017

EL MINISTRO DE JUSTICIA




Fdo. Rafael Catalá Polo



















ANEXO

ANEXO V
AUDENCIAS PROVINCIALES
​PROVINCIA​MAGISTRADOS​JURISDICCIÓN
​ SEDE
​ANDALUCÍA
​ALMERÍA ..................................................................​13
​CÁDIZ .......................................................................​16​Partidos Judiciales 1, 4, 6, 9, 10, 11, 13 y 14
​ ALGECIRAS ..................................................​4​Partidos judiciales 3, 5 y 8
​ CEUTA ..........................................................​3​Partido judicial 12
​ JEREZ DE LA FRONTERA ...........................​5​Partidos judiciales 2, 7 y 15
​CÓRDOBA ...............................................................​12
​GRANADA ................................................................​19
​HUELVA ...................................................................​10
​JAÉN .........................................................................​10
​MÁLAGA ...................................................................​34​Partidos Judiciales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11 y 12
​ MELILLA .........................................................​3​Partido Judicial 8
​SEVILLA ....................................................................​35
​164

​MADRID
​MADRID .....................................................................​144
​144

​TOTAL....................​938

ANEXO VI
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
​PARTIDO ​PRIMERA
​PROVINCIA​JUDICIAL ​INSTANCIA​INSTRUC.​PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
​NÚMERO
​ANDALUCÍA
​​ALMERÍA
​1​10​6​​-
​2​-​-​​2
​3​-​-​​3
​4​-​-​​3
​5​-​-​​6
​6​-​-​​1
​7​-​-​​5
​8​-​-​​1
​TOTAL ​​37
​​CÁDIZ
​1​-​-​​5
​2​-​-​​3
​3​5​4​​​-​
​4​5​4​​-
​5​-​-​​2
​6​-​-​​​4​Servidos por Magistrados
​7​7​5​​-
​8​-​-​​4
​9​-​-​​​3​Servidos por Magistrados
​10​-​-​​​5​Servidos por Magistrados
​11​-​-​​2
​13​-​-​​2
​14​-​-​​2
​15​-​-​​1
​TOTAL ​​63
​​CÓRDOBA
​1​-​-​​2
​2​-​-​​1
​3​-​-​​2
​4​-​-​​1
​5​-​-​​3
​6​-​-​​2
​7​-​-​​3
​8​11​8​​-
​9​-​-​​1
​10​-​-​​2
​11​-​-​​2
​12​-​-​​2
​TOTAL ​​40
​​GRANADA
​1​-​-​​2
​2​-​-​​2
​3​18​9​​-
​4​-​-​​​5​Servidos por Magistrados
​5​-​-​​2
​6​-​-​​2
​7​-​-​​4
​8​-​-​​1
​9​-​-​​2
​TOTAL ​​47
​​HUELVA
​1​-​-​​2
​2​8​5​​-
​3​-​-​​3
​4​-​-​​2
​5​-​-​​5
​6​-​-​​2
​TOTAL ​​27
​​JAÉN
​1​6​4​​-
​2​-​-​​2
​3​-​-​​2
​4​-​-​​3
​5​-​-​​1
​6​-​-​​5
​7​-​-​​2
​8​-​-​​2
​9​-​-​​2
​10​-​-​​3
​TOTAL ​​32
​​MÁLAGA
​1​-​-​​3
​2​-​-​​5
​3​20​14​​-
​4​-​-​​3
​5​5​4​​​-​
​6​8​5​​-
​7​-​-​​5
​9​-​-​​2
​10​-​-​​3
​11​-​-​​1
​12​5​5​​-
​TOTAL ​​88
​​SEVILLA
​1​-​-​​2
​2​-​-​​1
​3​-​-​​5
​4​-​-​​3
​5​-​-​​3
​6​29​21​​-
​7​-​-​​2
​8​-​-​​2
​9​-​-​​4
​10​-​-​​2
​11​-​-​​4
​12​-​-​​​7​Servidos por Magistrados
​13​-​-​​2
​14​-​-​​3
​15​-​-​​2
​TOTAL ​​92
​ARAGÓN
​​HUESCA
​1​-​-​​2
​2​-​-​​1

​3​-​-​​2
​4​-​-​​​5​Servidos por Magistrados
​5​-​-​​2
​6​-​-​​2
​TOTAL ​​14
​​TERUEL
​1​-​-​​2
​2​-​-​​1
​3​-​-​​​3​Servidos por Magistrados
​TOTAL ​​6
​​ZARAGOZA
​1​-​-​​2
​2​-​-​​1
​3​23​12​​-
​4​-​-​​1
​5​-​-​​2
​6​-​-​​1
​7​-​-​​2
​TOTAL ​​44
​ASTURIAS
​​ASTURIAS
​1​-​-​​1
​2​-​-​​2
​3​-​-​​1
​4​-​-​​​7​Servidos por Magistrados
​5​-​-​​2
​6​-​-​​4
​7​-​-​​1
​8​12​5​​-
​9​-​-​​2
​10​11​4​​-
​11​-​-​​1
​12​-​-​​3
​13​-​-​​3
​14​-​-​​1
​15​-​-​​1
​16​-​-​​1
​17​-​-​​1
​18​-​-​​1
​TOTAL ​​64
ILLES BALEARS
​​ILLES BALEARS
​1​-​-​​​3​Servidos por Magistrados
​2​5​3​​-
​3​24​12​​-
​4​5​3​​-​
​5​5​4​​-
​6​-​-​​2
​7​-​-​​2
​TOTAL ​​68
CANARIAS
​​LAS PALMAS
​1​5​4​​​-​
​2​17​8​​-
​3​-​-​​6
​4​-​-​​3
​5​6​3​​​-​
​6​5​3​​​-​
​7​-​-​​2
​8​-​-​​4
​TOTAL ​​66
​​SANTA CRUZ DE TENERIFE
​1​-​-​​4
​2​-​-​​1
​3​11​5​​-
​4​-​-​​2
​5​-​-​​2
​6​-​-​​1
​7​6​4​​-
​8​-​-​​5
​9​-​-​​2
​10​-​-​​3
​11​-​-​​3
​12​5​4​​​-​
​TOTAL ​​58
​CANTABRIA
​​CANTABRIA
​1​-​-​​​6​Servidos por Magistrados
​2​-​-​​2
​3​12​5​​-
​4​-​-​​1
​5​-​-​​1
​6​-​-​​2
​7​-​-​​2
​8​-​-​​3
​TOTAL ​​34
​CASTILLA Y LEÓN
​​ÁVILA
​1​-​-​​1
​2​-​-​​2
​3​-​-​​​5​Servidos por Magistrados
​4​-​-​​1
​TOTAL ​​9
​​
​BURGOS
​1​8​4​​-
​2​-​-​​2
​3​-​-​​2
​4​-​-​​2
​5​-​-​​1
​6​-​-​​1
​7​-​-​​1
​TOTAL ​​21
​​LEÓN
​1​-​-​​1
​2​11​5​​-
​3​-​-​​2
​4​-​-​​​8​Servidos por Magistrados
​5​-​-​​2
​6​-​-​​1
​7​-​-​​1
​TOTAL ​​31
​​PALENCIA
​1​-​-​​​7​Servidos por Magistrados
​2​-​-​​1
​3​-​-​​2
​TOTAL ​​10
​​SALAMANCA
​1​9​4​​-
​2​-​-​​2
​3​-​-​​1
​4​-​-​​2
​5​-​-​​1
​TOTAL ​​19
​​SEGOVIA
​1​-​-​​​6​Servidos por Magistrados
​2​-​-​​1
​3​-​-​​1
​4​-​-​​1
​TOTAL ​​9
​​SORIA
​1​-​-​​1
​2​-​-​​1
​3​-​-​​​4​Servidos por Magistrados
​TOTAL ​​6
​​
​​VALLADOLID
​1​16​6​​-
​2​-​-​​2
​3​-​-​​1
​TOTAL ​​25
​​ZAMORA
​1​-​-​​1
​2​-​-​​​6​Servidos por Magistrados
​3​-​-​​2
​4​-​-​​1
​5​-​-​​1
​TOTAL ​​11
​CASTILLA-LA MANCHA
​​ALBACETE
​1​8​3​​-
​2​-​-​​1
​3​-​-​​2
​4​-​-​​3
​5​-​-​​1
​6​-​-​​2
​7​-​-​​1
​TOTAL ​​21
​​CIUDAD REAL
​1​-​-​​3
​2​-​-​​​7​Servidos por Magistrados
​3​-​-​​2
​4​-​-​​2
​5​-​-​​2
​6​-​-​​1
​7​-​-​​3
​8​-​-​​3
​9​-​-​​1
​10​-​-​​1
​TOTAL ​​25
​​CUENCA
​1​-​-​​​4​Servidos por Magistrados
​2​-​-​​2
​3​-​-​​2
​4​-​-​​2
​TOTAL ​​10
​​GUADALAJARA
​1​7​4​​​-​
​2​-​-​​1
​3​-​-​​1
​TOTAL ​​13
​​TOLEDO
​1​-​-​​2
​2​-​-​​2
​3​-​-​​7​Servidos por Magistrados
​4​-​-​​​6​Servidos por Magistrados
​5​-​-​​​7​Servidos por Magistrados
​6​-​-​​4
​7​-​-​​2
​TOTAL ​​30
​CATALUÑA
​​BARCELONA
​1​-​-​​7​Servidos por Magistrados
​2​-​-​​​8​Servidos por Magistrados
​3​9​4​​-
​4​9​5​​-
​5​-​-​​5
​6​-​-​​​7​Servidos por Magistrados
​7​-​-​​5
​8​-​-​​2
​9​-​-​​5
​10​8​5​​-
​11​59​33​​-
​12​-​-​​6
​13​10​5​​-
​14​-​-​​​9​Servidos por Magistrados
​15​9​4​​-
​16​-​-​​​7​Servidos por Magistrados
​17​8​5​​-
​18​-​-​​​6​Servidos por Magistrados
​19​-​-​​​8​Servidos por Magistrados
​20​-​-​​4
​21​-​-​​​9​Servidos por Magistrados
​22​-​-​​5
​23​-​-​​3
​24​-​-​​8​Servidos por Magistrados
​25​-​-​​​5​Servidos por Magistrados
​TOTAL ​​282
​​GIRONA
​1​-​-​​​8​Servidos por Magistrados
​2​7​4​​-
​3​-​-​​4
​4​-​-​​1
​5​-​-​​4
​6​-​-​​2
​7​-​-​​6
​8​-​-​​4
​9​-​-​​1
​TOTAL ​​41
​​LLEIDA
​1​-​-​​1
​2​-​-​​3
​3​-​-​​2
​4​9​4​​-
​5​-​-​​2
​6​-​-​​1
​7​-​-​​1
​TOTAL ​​23
​​TARRAGONA
​1​-​-​​​8​Servidos por Magistrados
​2​7​4​​​-​
​3​-​-​​4
​4​-​-​​3
​5​-​-​​1
​6​9​6​​-
​7​-​-​​5
​8​-​-​​1
​TOTAL ​​48
​COMUNITAT VALENCIANA
​​ALICANTE/ALACANT
​1​6​3​​​-​
​2​-​-​​4
​3​13​9​​-
​4​6​3​​​-​
​5​-​-​​4
​6​-​-​​4
​7​-​-​​3
​8​8​5​​-
​9​5​4​​-
​10​-​-​​4
​11​-​-​​4
​12​-​-​​2
​13​5​4​​-
​TOTAL ​​96
​​CASTELLÓN/CASTELLÓ
​1​10​6​​-
​2​-​-​​1
​3​-​-​​5
​4​-​-​​5
​5​-​-​​5​Servidos por Magistrados
​TOTAL ​​32
​​VALENCIA
​1​-​-​​7​Servidos por Magistrados
​2​6​3​​​-​
​3​-​-​​4
​4​6​3​​​-​
​5​-​-​​6​Servidos por Magistrados
​6​28​21​​-
​7​-​-​​5
​8​-​-​​​7​Servidos por Magistrados
​9​-​-​​5
​10​-​-​​4
​11​-​-​​4
​12​-​-​​5
​13​-​-​​4
​14​-​-​​​7​Servidos por Magistrados
​15​-​-​​4
​16​-​-​​4
​17​-​-​​4
​18​-​-​​3
​TOTAL ​​140
​EXTREMADURA
​​BADAJOZ
​1​-​-​​2
​2​-​-​​3
​3​-​-​​1
​4​-​-​​​4​Servidos por Magistrados
​5​8​4​​-
​6​-​-​​1
​7​-​-​​2
​8​-​-​​1
​9​-​-​​1
​10​-​-​​2
​11​-​-​​3
​12​-​-​​1
​13​-​-​​2
​14​-​-​​1
​TOTAL ​​36
​​CÁCERES
​1​-​-​​​7​Servidos por Magistrados
​2​-​-​​2
​3​-​-​​3
​4​-​-​​​4​Servidos por Magistrados
​5​-​-​​2
​6​-​-​​1
​7​-​-​​1
​TOTAL ​​20
​GALICIA
​​A CORUÑA
​1​-​-​​4
​2​6​3​​​-​
​3​6​3​​​-​
​4​14​8​​-
​5​-​-​​2
​6​-​-​​3
​7​-​-​​2
​8​-​-​​1
​9​-​-​​1
​10​-​-​​3
​11​-​-​​1
​12​-​-​​1
​13​-​-​​2
​14​-​-​​2
​TOTAL ​​62
​​LUGO
​1​-​-​​2
​2​-​-​​1
​3​5​3​​​-​
​4​-​-​​2
​5​-​-​​2
​6​-​-​​2
​7​-​-​​1
​8​-​-​​1
​9​-​-​​1
​TOTAL ​​20
​​OURENSE
​1​7​3​​​-​
​2​-​-​​1
​3​-​-​​1
​4​-​-​​1
​5​-​-​​2
​6​-​-​​2
​7​-​-​​2
​8​-​-​​1
​9​-​-​​1
​TOTAL ​​21
​​PONTEVEDRA
​1​-​-​​3
​2​-​-​​3
​3​15​8​​-
​4​5​3​​-
​5​-​-​​2
​6​-​-​​3
​7​-​-​​3
​8​-​-​​2
​9​-​-​​4
​10​-​-​​2
​11​-​-​​3
​12​-​-​​2
​13​-​-​​2
​TOTAL ​​60
​MADRID
​​MADRID
​1​-​-​​2
​2​6​4​​​-​
​3​-​-​​6
​4​7​6​​​-​
​5​6​4​​​-​
​6​8​6​​​-
​7​-​-​​4
​8​-​-​​4
​9​-​-​​​8​Servidos por Magistrados
​10​-​-​​​8​Servidos por Magistrados
​11​104​54​​-
​12​-​-​​​8​Servidos por Magistrados
​13​-​-​​​6​Servidos por Magistrados
​14​-​-​​​7​Servidos por Magistrados
​15​-​-​​​8​Servidos por Magistrados
​16​-​-​​​7​Servidos por Magistrados
​17​-​-​​​7​Servidos por Magistrados
​18​7​6​​-
​19​-​-​​​6​Servidos por Magistrados
​20​-​-​​7​Servidos por Magistrados
​21​-​-​​4
​TOTAL ​​310
MURCIA
​​MURCIA
​1​-​-​​3
​2​7​5​​-
​3​-​-​​4
​4​-​-​​​7​Servidos por Magistrados
​5​-​-​​2
​6​15​9​​-
​7​-​-​​2
​8​-​-​​6
​9​-​-​​4
​10​-​-​​2
​11​-​-​​7
​TOTAL ​​73
​NAVARRA
​​NAVARRA
​1​-​-​​2
​2​-​-​​2
​3​-​-​​5
​4​9​5​​-
​5​-​-​​2
​TOTAL ​​25

​TOTAL NACIONAL ​​2435

ANEXO VII
JUZGADOS DE LO PENAL
PROVINCIA
SEDE EN PARTIDO JUDICIAL NÚMERO

NÚMERO DE JUZGADOS












ILLES BALEARS



ILLES BALEARS
1
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
1 y 6
1

3
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
2, 3, 4 y 7
8

5
extiende su jurisdicción al partido judicial
número 5
2
CASTILLA-LA MANCHA



ALBACETE
1

3
CIUDAD REAL
2

3
CUENCA
1

2
GUADALAJARA
1

2
TOLEDO
4
artículo 269 LOPJ
extiende su jurisdicción al partido judicial número 4
1

5
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
1, 2, 3, 5, 6 y 7
3
CATALUÑA



BARCELONA
2
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
2 y 8
3

3
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
3 y 22
3

4
extiende su jurisdicción al partido judicial
número 4
2

5
extiende su jurisdicción al partido judicial
número 5
1

6
extiende su jurisdicción al partido judicial
número 6
2

11
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
1, 7, 10, 11, 12, 16, 17, 18, 20, 23 y 25
28

13
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
13 y 19
4

14
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
9, 14 y 21
4

15
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
15 y 24
3
GIRONA
1
extiende su jurisdicción al partido judicial
número 1
2

2
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9
6
LLEIDA
4

3
TARRAGONA
2
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
2 y 8
2

6
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
1, 4 y 6
5

7
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
3, 5 y 7
2
COMUNITAT VALENCIANA



ALICANTE/ALACANT
3
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
2, 3, 5, 6, 7, 10, 11 y 12
9

4
extiende su jurisdicción al partido judicial
número 4
2

8
extiende su jurisdicción al partido judicial
número 8
3

9
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
1 y 9
3

13
artículo 269 LOPJ
extiende su jurisdicción al partido judicial número 13
2
CASTELLÓN/CASTELLÓ
1
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
1, 2, 4 y 5
4

3
extiende su jurisdicción al partido judicial
número 3
1
VALENCIA
2
extiende su jurisdicción al partido judicial
número 2
1

4
artículo 269 LOPJ
extiende su jurisdicción al partido judicial 4
1

6
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
3, 5, 6, 7,8, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17 y 18
16


14
artículo 269 LOPJ
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales 1 y 14
1


TOTAL...................................

388

ANEXO VIII
JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
PROVINCIA
SEDE EN
PARTIDO
JUDICIAL
NÚMERO

NÚMERO DE JUZGADOS
ANDALUCÍA



ALMERÍA
1

4
CÁDIZ
3
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
3, 5 y 8
2

4
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
1, 4, 6, 9, 10, 11, 13, 14
4

7
extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
2, 7, y 15
1
CÓRDOBA
8

5
GRANADA
3

5
HUELVA
2

3
JAÉN
1

4
TOTAL ………….. 245 ​​​

A N E X O IX
​JUZGADOS DE LO SOCIAL
​NÚMERO
​PROVINCIA​DE
​SEDE​JUZGADOS
​ANDALUCÍA
​ALMERÍA..............................................................​4
​CÁDIZ...................................................................​3​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​1, 4, 9, 13 y 14
​ ALGECIRAS .............................................​2​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​3 ,5 y 8
​ CEUTA .....................................................​1​extiende su jurisdicción al partido judicial
​número 12
​ JEREZ DE LA FRONTERA ......................​3​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​2 ,6 ,7 ,10, 11 y 15
​CÓRDOBA............................................................​4
​GRANADA............................................................​7​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​1, 2, 3, 5, 6, 7 y 8
​ MOTRIL ....................................................​1​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​4 y 9
​HUELVA...............................................................​3
​JAÉN....................................................................​4
​MÁLAGA...............................................................​13​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11 y 12
​ MELILLA ..................................................​1​extiende su jurisdicción al partido judicial
​número 8
​SEVILLA..............................................................​11
​ILLES BALEARS
​PALMA…………………….....................................​5​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​2, 3, 4 y 7
​ CIUTADELLA DE MENORCA ...................​1​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​1 y 6
​ EIVISSA .....................................................​1​extiende su jurisdicción al partido judicial
​número 5

CANARIAS

​LAS PALMAS DE GRAN CANARIA ...................​10​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​2, 5, 6, 7 y 8
​ ARRECIFE ..............................................​3​extiende su jurisdicción al partido judicial
​número 1
​ GÁLDAR ..................................................​1​extiende su jurisdicción al partido judicial
​número 4
​ PUERTO DEL ROSARIO ........................​1​artículo 269 LOPJ
​​​extiende su jurisdicción al partido judicial número 3
​SANTA CRUZ DE TENERIFE ...........................​7

COMUNITAT VALENCIANA
​ALICANTE/ALACANT ........................................​7​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​2, 3, 5, 6, 7, 10, 11 y 12
​ BENIDORM .............................................​2​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​1 y 9
​ ELCHE/ELX .............................................​3​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​4, 8 y 13
​CASTELLON DE LA PLANA/CASTELLO ..........​4
​VALENCIA...........................................................​18

​MADRID
​MADRID................................................................​42​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​1, 5, 7, 11, 12, 15, 19 y 21
​ ALCALÁ DE HENARES ............................​1​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​2 ,4 ,13 y 14
​ GETAFE ....................................................​1​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​8 ,9 ,10 ,16 y 20
​ MÓSTOLES ..............................................​2​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​3 ,6 ,17 y 18
​MURCIA
​MURCIA................................................................​9​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10
​ CARTAGENA ............................................​3​extiende su jurisdicción a los partidos judiciales
​2 y 11

​​​​TOTAL....................​354

A N E X O X
JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA


Número Juzgados Vigilancia Penitenciaria
Número Juzgado Penal Ordinario
Con jurisdicción en las provincias:













1
-
Ámbito de la provincia
CANARIAS




2
-
Las Palmas

1
-
Santa Cruz de Tenerife

TOTAL ..........................

51

2


A N E X O XII
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
​​Número​
​​Juzgados​
​​Mercantiles​Jurisdicción

​ANDALUCÍA
​ALMERÍA​​1​Ámbito provincial
​CÁDIZ​​1​Ámbito provincial
​CÓRDOBA​​1​Ámbito provincial
​GRANADA​​1​Ámbito provincial
​HUELVA​​1​Ámbito provincial
​JAÉN​​1​Ámbito provincial
​MÁLAGA​​2​Ámbito provincial
​SEVILLA​​3​Ámbito provincial

​ILLES BALEARS
​PALMA​​3​Ámbito provincial

​CATALUÑA
​BARCELONA​​11​Ámbito provincial
​GIRONA​​1​Ámbito provincial
​LLEIDA​​1​Ámbito provincial
​TARRAGONA​​1​Ámbito provincial

COMUNITAT VALENCIANA
​ALICANTE/ALACANT​​2 Ámbito provincial (Nacional como
​Juzgado de Marca Comunitaria)
Extiende su jurisdicción a los partidos
1, 2, 3, 5, 6, 7, 9, 10, 11 y 12

​ELCHE/ELX​ 1​​Art. 269 LOPJ.
​​ Extiende su jurisdicción a los partidos
​​ 4, 8 y 13
​CASTELLÓN DE LA PLANA/CASTELLÓ​1​Ámbito provincial
​VALENCIA​​4​Ámbito provincial​​

MADRID
​MADRID​​13​Ámbito provincial

PAÍS VASCO
​VITORIA-GASTEIZ​​ 1​Ámbito provincial
​DONOSTIA-SAN SEBASTIAN​​ 1​Ámbito provincial
​BILBAO​​ 3​Ámbito provincial

​TOTAL ..........................​​94
SAN BERNARDO, 21
28015 MADRID
TEL.: 91 390 21 72
FAX: 91 390 42 98

http://www.mjusticia.es
SG.OrgCoordTerritorial@mjusticia.es

Expectante

Juzgados de nueva creacion

#2 Mensaje por Expectante »

Artículo 4. Creación y constitución de juzgados.

1. Conforme a lo dispuesto en los artículos 20.1, 41, 42, 43.2, 44, 45 y 46 bis de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, se crean y se constituyen los siguientes juzgados:

​a) Cincuenta y tres juzgados de primera instancia

​Números 9 y 10 de Almería
​Número 5 de Algéciras
​Número 7 de Jerez de la Frontera
​Número 11 de Córdoba
​Número 8 de Huelva
​Número 20 de Málaga
​Números 28 y 29 de Sevilla
​Números 22 y 23 de Zaragoza
​Número 12 de Gijón
​Número 5 de Eivissa
​Número 17 de Las Palmas de Gran Canaria
Número 6 de Telde
Número 11 de Santa Cruz de Tenerife
​Número 12 de Santander
​Número 8 de Burgos
​Número 11 de León
​Número 16 de Valladolid
​Número 8 de Albacete
​Número 59 de Barcelona
​Número 8 de Badalona
​Números 8 y 9 de Granollers
​Número 8 de L’ Hospitalet de Llobregat
​Número 9 de Mataró
​Números 9 y 10 de Sabadell
​Número 9 de Terrassa
​Número 7 de Girona
​Número 9 de Lleida
​Número 9 de Tarragona
​Número 7 de Reus
​Número 8 de Elche
​Número 10 de Castellón de la Plana
​Número 8 de Badajoz
Número 14 de A Coruña
Número 6 de Ferrol
Número 7 de Ourense
Número 15 de Vigo
Números 102, 103 y 104 de Madrid
Número 6 de Alcobendas
Número 7 de Alcalá de Henares
Número 7 de Fuenlabrada
Número 8 de Móstoles
Número 6 de Torrejón de Ardoz
Número 7 de Cartagena
Números 15 y 16 de Murcia
Número 9 de Pamplona​

​b) Siete juzgados de primera instancia e instrucción

Número 6 de Roquetas de Mar
Número 4 de Santa Fe
Número 5 de Sanlúcar La Mayor
Número 5 de Ávila
Número 7 de Illescas
Número 6 de Talavera de la Reina
Número 3 de Navalmoral de la Mata​

​c) Tres juzgados de lo penal

Número 2 de Guadalajara
Número 4 de Toledo
Número 9 de Alicante

​d) Dos juzgados de lo contencioso-administrativo

Número 4 de Almería
Número 4 de Jaén

​e) Cuatro juzgados de lo social

Número 2 de Algéciras
Número 4 de Arrécife
Número 18 de Valencia
Número 42 de Madrid

​f) Un juzgado de vigilancia penitenciaria

Número 3 de la Comunidad Autónoma de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria.

​g) Seis juzgados de lo mercantil

​Número 3 de Sevilla
​Número 3 de Palma de Mallorca​​
Número 11 de Barcelona
Número 4 de Valencia
Número 13 de Madrid
Número 3 de Bilbao

Expectante

Re: Juzgados de nueva creacion

#3 Mensaje por Expectante »

¿Alguien tiene noticias sobre cuando entrarán en funcionamiento?

invi3

Re: Juzgados de nueva creacion

#4 Mensaje por invi3 »

mediados o finales de 2018

expectante

Re: Juzgados de nueva creacion

#5 Mensaje por expectante »

Gracias inv3
al parecer no es seguro que salgan todos esos juzgados,puede haber variaciones.se decide esta semana

aver

Re: Juzgados de nueva creación

#6 Mensaje por aver »

Alguien sabe cómo va este asunto?

Responder