Doctrina DGRN exceso cobertura hipotecaria y comisiones

Nuevos procedimientos, ayudas de tramitación, cuestiones generales sobre temas habituales.

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newzel
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Doctrina DGRN exceso cobertura hipotecaria y comisiones

#1 Mensaje por newzel »

Importante Resolución de la DGRN, de fecha 31/07/14, que trata dos puntos a tener muy en cuenta:

1.- “Es cierto que en el procedimiento de ejecución directa nada impide reclamar al deudor por todo lo debido al acreedor, aunque exceda de la cifra de responsabilidad hipotecaria, pero siempre que no existan terceros con cargas inscritas con posterioridad, ya que en tal caso la cifra de responsabilidad hipotecaria actúa como límite.”

Es decir, que el ejecutante puede pedir en su demanda importes que excedan del límite de cobertura hipotecaria (capital, intereses ordinarios y de demora). En el auto despachando ejecución debe indicarse el importe máximo de cobertura hipotecaria por cada uno de estos conceptos; y en el decreto de adjudicación, adjudicar la finca con el desglose hasta el límite de cobertura hipotecaria (si hay acreedores posteriores). Y si no lo hay, adjudicar la finca por ese importe máximo, y en cuanto al exceso, aplicar art 692.1 párrafo 2º, siempre que el ejecutado sea hipotecante deudor, y salvo que esté en concurso

2.- Y que “no habiéndose garantizado especialmente las comisiones derivadas del aval, las cantidades percibidas por el acreedor por dicho concepto exceden de dicha cobertura. Y ello aun cuando lo pagado sea inferior no solo a la deuda reclamada sino al importe que por principal garantiza la hipoteca, pues en este caso no se trata de un exceso cuantitativo del límite de cobertura, sino de que dichas comisiones no están cubiertas con ninguna cantidad, en definitiva no se aseguraron.”

Es decir, que si se incluye en la demanda y en el auto despachando ejecución, un importe no cubierto pr la garantía hipotecaria (por ejemplo comisiones), y hay acreedores posteriores, el ejecutante deberá consignar en la cuenta judicial para su entrega a los acreedores posteriores, ese importe por comisiones,en la medida en que son importes que exceden del límite de cobertura hipotecaria.

http://www.boe.es/boe/dias/2014/09/23/p ... 4-9657.pdf
Et in Arcadia ego

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Terminatrix
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Re: Doctrina DGRN exceso cobertura hipotecaria y comisiones

#2 Mensaje por Terminatrix »

Gracias :gracias:
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

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