Guía abreviada para registrar en VD y medidas cautelares

Nuevos procedimientos, ayudas de tramitación, cuestiones generales sobre temas habituales.

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Carlos Valiña
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Guía abreviada para registrar en VD y medidas cautelares

#1 Mensaje por Carlos Valiña »

Ruego al administrador le ponga un flotador al tema por ser de interés general

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ACTUALIZADA 10/3/2010

28-4-09 AÑADO AL FINAL UNAS PAUTAS GENERALES PARA EL REGISTRO DE MEDIDAS CAUTELARES.

Gracias a la colaboracion de los tecnicos y el apoyo de la Subdireccion de Modernización, la parte de Violencia Domestica va funcionando con bastante normalidad.

Os dejo la guia abreviada elaborada con sus sugerencias.

8-5-09. He añadido por si sirve de orientación como he resuelto la cuestion de las alertas.

27-4-2010. Está dando problemas al actualizar hojas antiguas y te remiten al CAU y que mandes una incidencia. De momento las dos veces lo he resuelto asi:

Salgo, vuelvo a entrar en el asunto, entro en los intervinientes reviso que no haya ninguna casilla de las de color amarillo sin llenar, y en efecto falta la fecha de nacimiento o el numero de la calle. Los relleno. Salgo entro de nuevo y ya funciona.


JUZGADOS DE LO PENAL

Hay que distinguir dos clases de asuntos.

a) ASUNTOS NUEVOS:

- Asuntos juzgados en el penal donde este va a grabar por primera vez, la sentencia.

-Asuntos juzgados en instruccion donde la sentencia se grabó en instrucción y donde el penal va a grabar el numero de ejecutoria.

En ambos casos primero hay que repescarlos de Instruccion. Luego se puede entrar por el RCPVD.

b) ASUNTOS YA GRABADOS:

Asuntos donde el penal ya ha efectuado alguna anotacion en el RCPVD (antes o despues de empezar a funcionar la nueva aplicación): Para actualizar datos o cambiar de estado (firmeza, ejecutoria, pena iniciada...) se sigue entrando con el RCPVD.

Visto este esquema general pasemos a desglosarlos:


ASUNTOS NUEVOS


1) Grabar sentencia:

a) Asunto grabado por Instrucción, y sentencia dictada por el penal: (Caso normal)

El asunto para la aplicacion, aun sigue en Instruccion.

Por eso si se entra en Registro de Sentencias, o en Anotaciones/ Actualizacion, se marca limpiar y luego, en Nº Reg. Central, se pone el num. de RCPVD, por ejemplo 0025896/2008 y luego se marca buscar: nos saldra un mensaje de error que dice:

"No existen datos con los filtros seleccionados".

Hay, pues, que "pescarlo" de Instruccion y hacerlo nuestro, a traves de la "elevacion".

-Repesca: Una vez en el RCPVD: (ejemplo)

1) Pestaña Registro
2) Anotaciones
3) Elevación
4) Datos procedimiento origen:
-Tipo Procedimiento: Diligencia Urgentes
-Número:25/08
-Codigo órgano: Con el ratón se sustituye el del propio juzgado por el que sale por defecto y corresponde al Juzgado Instructor. Ejemplo 39075-48-001 para Violencia Mujer Santander.
5) Datos procedimiento destino:
-Tipo Procedimiento: Juicio Rápido
-Número: 265/09
-Fecha incoación: La del procedimiento en el penal, por ejemplo 26-2-09 (Dato obligatorio aunque la casilla es de color blanco)
6) Continuar

(Nota hay que tener mucho cuidado al rellenar todos los datos del procedimiento de origen. El más mínimo error y se "pesca" el procedimiento que no es, que pasa a tener dos victimas y dos acusados -que en realidad correspondian a dos asuntos diferentes- y luego hay dificultades para deshacer el entuerto.

En el mes de julio se ha aceptado la sugerencia que efectue de que antes de confirmar la "pesca" aparezca una pantalla intermedia, en ella aparecen el nombre del acusado y la victima, es decir, que se puede ver quien "ha picado en el anzuelo" si es el procedimiento que buscas, se le da a continuar y la pesca completa si es que no se puede volver atras y ver que ha sucedido.

Muchos Juzgados dan varios nombres al procedimiento durante la instruccion, recomiendo ir a la hoja de violencia grabada en instruccion y tomar el que puso alli el Instruccion en su dia, por ejemplo D. Urgentes 25/07 y rellenar con ese dato el procedimiento de origen, y si tampoco funciona la "pesca" probar con los otros numeros que tuvo el procedimiento en instruccion, o si hubo varios juzgados instruyendo hacer lo propio con cada uno de ellos.

Otra opción, en caso de que la "pesca" no prospere entrar primero en consultas con el DNI o el nombre del denunciado, y asi ver todo lo que tiene en Instrucción, marcando todos los procedimentos, y marcando luego abajo "ver ampliacion" y cerciorarse bien del número del asunto que se va a repescar, y de que coincide con el RCPVD. (Las referencias númericas de la columna de la izquierda, una vez que tenemos todos los procedimientos seguidos contra ese imputado, nos permiten distingir cuantos procedimientos diferentes se han seguido contra el. Si los marcamos uno a uno, entraremos en ellos hasta comprobar cual es el que nos interesa. Si el numero de la causa no se ve completo, basta pasar el raton sobre él)


Por lo que hace al codigo de organo se completa asi:

El codigo 41 es juzgado mixto, el 43 instruccion y el 48 violencia, recomiendo ir a la hoja de violencia que grabo Instruccion en su dia y tomar de ahi el codigo de Juzgado, por ejemplo 39087 y añadir luego el codigo de dos digitos, por ejemplo 43, y si es el instruccion 7 ese numero. 39087-43-7.


Ahora la aplicación te lleva a una pantalla que no permite registrar la sentencia. Hay que seguir este atajo:

7) Salir sin enviar
8) Registro
9) Registro de Sentencias
10) Limpiar
11) Meter el numero de RCPVD grabado por Instrucción
12) Buscar


La mejora de la aplicación de fecha 25-3-09 permite saltarse los pasos 7 a 12.

Sale la pantalla general del asunto, a partir de aquí dos posibilidades

-Grabación sentencia absolutoria

13) "Registro de Sentencias" (Es el primer enlace situado a mitad de pantalla). Sale la pantalla de Registro de Sentencia. (Hay que rellenar todos los campos aunque sean de color blanco. Son los pasos 14 a 17).
14) Número y año de la Sentencia: 12/09
15) Fecha de la sentencia 25-1-09
16) Asunto: 265/09
17) Tipo de Sentencia: Abrir con el ratón desplegable y marcar absolutoria.
18) Enviar y Continuar (se abre documento PDF para impresión)
19) Icono impresión.
20) Aceptar.

-Grabación Sentencia condenatoria:
13) Marcar con el ratón con una V, la casilla situada a la izquierda del nombre del condenado.
14) "Registro de Sentencias" (Es el primer enlace situado a mitad de pantalla). Sale la pantalla de Registro de Sentencia. (Hay que rellenar todos los campos aunque sean de color blanco. Aquí son los pasos 15 a 18).
15) Número y año de la Sentencia: 12/09
16) Fecha de la sentencia 25-1-09
17) Asunto: 265/09
18) Tipo de Sentencia: Abrir con el ratón desplegable y marcar condenatoria
19) Marcar Añadir Penas. (Se abre pantalla general de penas y se van metiendo una a una: delito, pena, duracion…)
20) Enviar y Continuar (se abre documento PDF para impresión)
21) Icono impresión.(arriba en barra de herramientas)
22) Aceptar.

Atajos y detalles:

- Para introducir el codigo del juzgado instructor hay 2 formas:

abriendo el desplegable que trae la aplicación, buscando la provincia y luego la localidad y añadiendo el número del juzgado, marcando luego "buscar",

apuntando en un Word o un Excel todos los códigos de los juzgados de instruccion y violencia mujer de tu provincia. Luego para introducirlo en la aplicación se marca con el ratón, boton izquierdo del raton copiar, y luego se marca con el raton la casilla de la aplicacion donde se va a introducir el código y se pulsan simultaneamente las teclas CTRL y la letra V.

- Para buscar un asunto, el numero de Registro Central se puede introducir tomándolo de un excel o word, marcando copiar con el boton derecho del raton, colocando el cursor en la casilla de Nº Reg. Central y marcando a la vez las teclas Ctrl y V, copiandolo entero con el teclado, o bien introducir manualmente los numeros sin el año, (RCPVD 0025617/2009, se introduciria 25617) y el sistema lo convierte a 0025617/2009. Hay que estar atentos por si es de 2008 o anterior y corregir la ultima cifra.



b) Asunto no grabado por Instrucción, y sentencia dictada por el penal:

A veces en Instruccion olvidan grabar asuntos, sobre todo los abandonos de familia, y los quebrantamientos de condenas o medidas, fijadas en asuntos de violencia domestica.

Al margen de la posibilidad de devolverlos a Instrucción, queda la opción de efectuar el registro completo en el penal.

Para ello hay que entrar Registro, Anotaciones, Nuevo y a partir de ahi, registrar. Lo recomendado es introducir el NIG de instruccion, lo mas facil es poner el del penal.


2) Grabación número ejecutoria de conformidad en el penal

Tambien dos fases:

a) Repesca: Todo como en los casos anteriores, Pasos 1 a 6. (Solo que en procedimiento de destino, buscaremos y marcaremos en el desplegable: "Ejecutoria" y la fecha de la incoación será la de la incoacion de la ejecutoria en el penal.

b) Impresión::

7) Salir sin enviar
8) Registro
9) Registro de Sentencias
10) Limpiar
11) Meter el numero de RCPVD grabado por Instrucción
12) Buscar (Se abrirá la pantalla general del asunto)
13) Enviar y Continuar (se abre documento PDF para impresión)
14) Icono impresión. (arriba en barra de herramientas)
15) Aceptar.


Esto se ha simplificado recientemente.

Repesca:

1) 1) Pestaña Registro
2) Anotaciones
3) Incoacion de ejecutoria
4) Datos procedimiento origen:
-Tipo Procedimiento: Diligencia Urgentes
-Número:25/08
-Codigo órgano: Con el ratón se introduce el del Juzgado Instructor. Ejemplo 39075-48-001 para Violencia Mujer Santander.
5) Continuar.

Aparece la pantalla intermedia. Muy importante comprobar que hemos pescado la causa correcta, o sea que coincide el nombre del acusado con el del procedimiento que tenemos en las manos.

6) Rellenar ejecutoria penal, numero de ejecutoria y fecha de incoacion de la misma en nuestro juzgado.
7) Enviar.

Impresion:

8) Enviar y Continuar (se abre documento PDF para impresión)
9) Icono impresión. (arriba en barra de herramientas)
10) Aceptar.

(Antes de enviar y continuar, ya se puede entrar en Registrar Sentencia e introducir cambios en las penas.)



ASUNTOS YA GRABADOS (en el Penal):

Fase de estabilización: Hay cuatro casos posibles:

a) Asuntos en los que ya hemos hecho anotaciones a partir del 17-2-09 que es cuando empezo el nuevo sistema. (Conviene marcar en la portada del asunto esta circunstancia con alguna señal) Accederemos a la pantalla general del asunto asi:

1) Entrar por Registro de Sentencias, o por Anotaciones/ Actualizacion,
2) Limpiar
3) En Nº Reg. Central, se pone el num. de RCPVD, por ejemplo 0025896/2008
4) Buscar y llegamos a la pantalla general del asunto desde la que acceder a lo que queremos cambiar.

b) Asuntos en los que no hemos hecho anotaciones después del 17-2-09, pero en los que el Juzgado Penal ya hizo anotaciones con anterioridad a dicha fecha y en los que la aplicación nueva ha “enlazado” correctamente todos los datos, al pasar los datos antiguos al nuevo programa.

1) Registro de Sentencias, o por Anotaciones/ Actualizacion,
2) Limpiar
3) En Nº Reg. Central, se pone el num. de RCPVD, por ejemplo 0025896/2008
4) Buscar y llegamos a una pantalla intermedia donde nos salen subrayados los diversos procedimientos que ha “conocido” el asunto, por ejemplo urgentes en instrucción, rapido en penal, ejecutoria en penal, marcaremos el situado mas arriba, que normalmente sera el mas reciente y y llegamos a la pantalla general del asunto desde la que acceder a lo que queremos cambiar sin mayor problema.
Si marcamos Registrar Sentencia nos dira que la Sentencia ya existe.

c) Asuntos en los que no hemos hecho anotaciones después del 17-2-09, pero en las que el Juzgado Penal ya hizo anotaciones con anterioridad a dicha fecha y en los que la aplicación no ha “enlazado” los datos de sentencia al pasar los datos antiguos al nuevo programa. (Están intentando corregir este problema)

1) Registro de Sentencias, o por Anotaciones/ Actualizacion,
2) Limpiar
3) En Nº Reg. Central, se pone el num. de RCPVD, por ejemplo 0025896/2008
4) Buscar y llegamos a una pantalla intermedia donde nos salen subrayados los diversos procedimientos que ha “conocido” el asunto, por ejemplo urgentes en instrucción, rapido en penal, ejecutoria en penal, marcaremos el situado mas arriba, que normalmente sera el mas reciente y y llegamos a la pantalla general del asunto desde la que acceder a lo que queremos cambiar.

Si marcamos el enlace de cualquier pena para actualizarla, veremos que nos sale una pantalla que arriba del todo tiene cuatro campos en blanco, entre ellos el sentencia absolutoria, etc, y que dos de ellos estan bloqueados.
Se procede asi:
5) Salir sin enviar
6) Registro de Sentencias
7) Rellenar los cuatro campos de la Sentencia
8) Continuar
9) Volver a marcar la pena que corresponda y actualizar lo que proceda.

d) Asuntos en los que no hemos hecho anotaciones después del 17-2-09, pero en los que el Juzgado Penal ya hizo anotaciones con anterioridad a dicha fecha y en los que la aplicación ha perdido el enlace con el asunto de instrucción. (Están intentando corregir este problema)

En este caso hay que empezar “repescando” el asunto pasos 1 a 6 descritos al inicio. Como procedimiento de destino, si en el penal entro como rapido o abreviado y luego fue ejecutoria, o si aun no es ejecutoria, se pondra siempre el numero del procedimiento abreviado. Luego si es preciso actualizaremos a ejecutoria (una vez repescado).

Fase de Grabacion:

a) Grabación de Firmeza de Sentencia:

1) Menú Inicial
2) RCPVD
3) Registro de Sentencias (se abre una pantalla tamaño medio)
4) Limpiar
5) Nº Reg. Central: Se introduce el RCPVD 0025617/2009.
6) Buscar: (Sale la pantalla de registro general del asunto)
(Si hay que repescar -caso c- o regrabar sentencia, -caso d- se hace)
7) "Registro de Sentencias" (Es el primer enlace situado a mitad de pantalla. Aunque se trate de la firmeza hay que entrar por ahí). Sale la pantalla de Registro de Firmeza. (Hay que rellenar todos los campos aunque sean de color blanco).
8) Número y año de la Sentencia: 12/09
9) Fecha de firmeza: 29-1-09
10) Asunto: 265/09
11) Tipo de Sentencia: Abrir con el ratón desplegable y marcar absolutoria o condenatoria.
12) Enviar y Continuar (se abre documento PDF para impresión)
13) Icono impresión.
14) Aceptar.


b) Actualización de penas:

1-6) Pasos 1 a 6 como en el parrafo anterior.
7) Aparecerá una pantalla con dos enlaces, uno al procedimiento y otro a la ejecutoria. Se marca con el raton sobre la ejecutoria para abrirla y pasar a efectuar las actualizaciones.
8) Marcar con el ratón una pena, y se abre una pantalla con todas las penas, donde se pueden hacer las modificaciones oportunas.
9) Enviar y Continuar (se abre documento PDF para impresión)
10) Icono impresión (arriba en barra de herramientas)
11) Aceptar

Importante: En la casilla que obliga a poner
Si o NO (por cada), la opcion normal es NO. Si la Sentencia condenara a 9 meses de prision por dos delitos de Violencia, por ejemplo pondriamos Si y metiendo los datos de la pena una vez, saldran dos delitos con la misma pena.

c) Grabación de número de Ejecutoria.

Cuando se trate de registrar el número de ejecutoria, que ha tomado un asunto juzgado en el penal, no hay que ir por la opción de elevación (reservada a cuando un asunto pasa a otro organo "superior funcionalmente" por ejemplo de instruccion a penal), sino que se procedera así:

1) Menú Inicial
2) RCPVD
3) Registro de Sentencias.


Ya estamos en la pantalla general del asunto. Pasamos a mirar todos los procedimientos que han ido naciendo de la raiz original en instruccion:

4) Ver/actualizar procedimientos
5) Marcamos con el boton derecho del raton sobre el procedimiento que ya figura en el penal.
6) Alta
7) Rellenamos en la pantalla los datos que pide.


Esto sigue funcionando, pero ha sido simplificado. Abajo a la izquierda en la pantalla general del asunto hay un boton que pone incoar ejecutoria. Marcándolo y añadiendo los datos que pide queda grabado el numero de ejecutoria.

8-1) Enviar y Continuar para pasar a proceso de impresion.

8-2) Si ademas se han de grabar actualizaciones de penas:

Marcar cualquiera de las penas, pasar a la pantalla de penas, actualizar y resto como se ha descrito anteriormente.


Nota común: Si se desea anotar el archivo de una ejecutoria, (o de un procedimiento) se entra en Ver/actualizar procedimientos, botón derecho del raton, se marca actualizar, se marca el procedimiento que se desea archivar, sale otra pantalla, se abre el desplegable y se anota archivo definitivo, o lo que proceda, se pone la fecha de la resolucion que acuerda ese archivo y enviar, luego se cierra arriba a la derecha en la X esa pantalla, y ya se puede dar a enviar y continuar desde la pantalla general.

Nota: 5-5-09: Conviene entrar de cuando en cuando en la pestaña Registro y luego Asuntos pendientes de enviar, porque accidentalmente se puede haber grabado alguno pero al no enviarlo, el sistema lo deja como pendiente de enviar, y aunque registra al menos la fecha en que se "toco" el asunto, en la ficha impresa en aquella ocasion no aparecera arriba enviado al RC en dicha fecha.


SOLUCION DE PROBLEMAS MAS FRECUENTES:

- En el proceso de impresión a veces se desconfigura y salen algunos caracteres extraños o toda la pagina desconfigurada . Hay que cerrar la pantalla de impresión y volver a marcar Enviar y Continuar y la nueva impresión suele salir bien. Casi con toda seguridad estos caracteres se producen porque antes de que la impresora termine de imprimir cerramos la pantalla del ordenador de lo que se esta imprimiendo. Esperando hasta el final este problema se mitiga o desaparece.

- En el proceso de repesca en una ocasión ha dado error por "inconsistencia datos de origen". (Hay datos para los que no es posible entrar y revisar lo grabado por instrucción en cuanto a datos de la causa y hay que llamar al CAU. Otras circunstancias relativas a victimas y denunciados, sí es posible modificarlas desde la aplicación.

- "No existen datos con los filtros seleccionados". Hay que “pescar” el asunto.

- Al grabar se incorporan los datos del acusado y victima a otro asunto al que no tienen nada que ver. Grave. No se debe dar a la tecla de borrar asunto, porque se borra todo lo grabado en Instrucción. Hay que intentar borrar primero la victima y luego el interviniente, si no deja, hay que ir a Registrar sentencia, y luego darle a eliminar para borrar la sentencia que hemos grabado. Despues de eso deberia de dejar borrar el interviniente. Luego salir, volver a entrar y empezar de nuevo.

- Al ir a actualizar las penas en una ejecutoria sale un mensaje de error que empieza con "Usuario no autenticado" y demas. Salir del asunto y volver a entrar en el. Lo normal es que deje entrar y se pueda actualizar. (Si aparece ahora la pantalla de la fecha de inicio de la pena no puede ser anterior a la sentencia, darle a aceptar y seguir normalmente).

Si no se puede entrar, se puede volver a entrar en la ficha general del asunto, darle a ver/actualizar procedimientos, marcar el procedimiento en el juzgado de lo penal con el boton derecho del raton, darle a actualizar, buscar en los desplegables, terminado por sentencia condenatoria, volver a la ficha general, marcar una pena cualquiera con el raton, una vez en la pantalla de penas rellenar los cuatro campos que aparecen en la parte superior, actualizar la pena de que se trate, continuar y seguir normalmente.

Si el asunto tiene sentencia absolutoria no podremos entrar por la pena y no podremos poner la firmeza. Este problema quedara resuelto en la nueva version que van a sacar (antes del 5 de abril).

- Tiene que haber un domicilio por cada denunciado
A veces despues de actualizar o modificar penas no se puede enviar porque sale ese mensaje.
Se puede entrar en cada uno de los intervinientes marcando sobre su nombre en la pantalla principal, esto es, primero sobre el denunciado y luego sobre la victima. Hay que comprobar que ambos tengan puesto un domicilio, si no es el caso, pulsar en añadir domicilio y rellenar los datos. Luego enviar y continuar y si ya funciona, volver a entrar en la pantalla de penas y efectuar las modificaciones.

- "El asunto produjo un fallo al registrarse con anterioridad ¿Quiere recuperar los datos del asunto? Aceptar/Cancelar"
Es inutil llamar al CAU, porque se trata de un fallo grave en el proceso de "migración" de los datos del antiguo servidor al nuevo.
Hay que explicar el problema y poner un FAX al Registro Central interesando te lo arreglen a este número: 91-5592172.

En general:

Cuando el CAU telefonico no es capaz de darte una solucion, conviene mandar la incidencia debidamente explicada por escrito a la direccion de correo cau@mju.es . De esta forma le llega bien explicada al CAU especialista. El CAU abre una incidencia le da numero y luego te llaman con la respuesta igual que si la das telefonicamente.

Abrir a la vez Banesto y Violencia Domestica

Muchas veces tenemos que tener las dos aplicaciones abiertas a la vez para poder saltar de una a otra. Suele ocurrir que al abrir la segunda se nos cierra la primera y se pierde mucho tiempo. Solucion: Al empezar por la mañana abrimos varias paginas de google y las dejamos abiertas, luego abrimos Violencia y Banesto, y se colocaran encima de la hoja mas antigua que tenemos abierta que sera una de google con lo cual podremos trabajar con ambas a la vez.




ALGUNAS MEJORAS QUE SE BARAJAN POR LOS TECNICOS:

- Más velocidad. (De momento va muy bien por la tarde y al final de la mañana, y está mejorando por las mañanas).

- Un desplegable de delitos específico para Violencia, porque el actual es demasiado amplio y dificulta las búsquedas.

- Abreviar pasos intermedios. (Ya ha habido avances).

Otras cuestiones de interes:


-Notas pendientes de enviar:

Hay una pestaña (dentro de Registro) que dice notas pendientes de enviar. Parece ser que no vencen a los 7 días como las de Penados.

-Ampliar la resolucion de pantalla:

En algunas pantallas se pierden parte de los botones y mensajes de la parte inferior de la aplicación. Hay que pedir al informatico del juzgado que os cambie la resolucion de pantalla. Al parecer la buena es 1024 x 800. Ojo porque al ampliar esa resolución es posible que otras aplicaciones como Libra se vean demasiado pequeñas, es imposible tener ambas resoluciones a la vez.

Al parecer en determinados Juzgados (por ejemplo Asturias) los ordenadores son muy antiguos y no es posible ampliar la resolución de pantalla. Sugerencia para un caso concreto: Consultas por normbre del condenado: aparecen sus datos, pero no se puede visualizar "Ver ampliacion de los seleccionados". Si marcais abajo del todo a la derecha con el raton, aunque no veais nada, a mi se me abre.

-Cuerpo policial al que se ha de enviar la nota impresa. Antes lo ponía al pie de la hoja impresa. Ahora dice sólo Policia Judicial. Al principio de la hoja sí lo indica.

Bueno creo que ahora ya esta basicamente terminada.
¿QUE HACER CON LAS ALERTAS?

A título de mera sugerencia dejo constancia de mi forma de proceder:

1) Al abrir la aplicación me sale la pantalla de Alertas pendientes.
2) Las dos columnas finales de la derecha se encabezan con las rúbricas De y Para.
3) Anoto en papel aparte el primer procedimiento de mi juzgado que me aparece en la parte superior de la Columna Para. (Si no se ve bien el número basta colocar el cursor del ratón encima).
4) Marco con el botón izquierda del ratón, el primer procedimiento situado en la parte superior de la Columna De.
5) En la pantalla que aparece marco con el ratón abajo a la izquierda donde pone Imprimir asunto.
6) Una vez que sale por la impresora, cierro las dos pantallas abiertas hasta volver a la pantalla con todas las alertas.
7) Cojo el documento impreso, y le grapo delante esta Diligencia de modelo, anotando la causa de mi juzgado.
PROCEDIMIENTO ABREVIADO ________

JUICIO RAPIDO _________

EJECUTORIA __________






DILIGENCIA:

En Santander a igual fecha que consta al pie del documento adjunto.

La pongo yo el Secretario para hacer constar y dar cuenta a SSª de que, según se desprende del documento adjunto, contra el/los acusados en estas actuaciones se sigue otro/s procedimiento/s en materia de violencia doméstica o de género.

EL SECRETARIO
8] Hecho esto vuelvo a la pantalla principal y voy haciendo lo mismo con todas las alertas pendientes (ponen a la derecha la palabra PEN) hasta haberlas impreso todas.
9) Finalmente vuelvo a dicha pantalla y marco a la izquierda del todo la casilla reservada a cada asunto del que he sacado una hoja impresa.
10) A continuación en esa pantalla arriba a la izquierda dentro del menú Estado, selecciono la opción, Resuelta.
11) Marco abajo a la derecha Guardar, y cuando se vuelva a abrir la pantalla de Alertas, todas las marcadas aparecerán como resueltas.
(Puede comprobarse entrando por la pestaña de Alertas, consulta de alertas, y en el menú de la casilla amarilla marcando alertas y luego marcando Buscar).
12) Grapo la diligencia al documento impreso y a los autos.



Tfno. CAU 902-999724

PAUTAS GENERALES PARA EL REGISTRO DE MEDIDAS CAUTELARES, REQUISITORIAS Y SENTENCIAS NO FIRMES::

JUZGADOS DE LO PENAL

¿QUE HAY QUE ANOTAR en el RCMC?

Asuntos que no sean de Violencia:

A) SENTENCIAS CONDENATORIAS NO FIRMES, todas

- Penas impuestas y su duración/cuantía.

- Fecha firmeza

- Medidas cautelares establecidas en la Sentencia (personales, reales u ordenes de protección) y cambios posteriores en las mismas.

B) SENTENCIAS ABSOLUTORIAS.

- Si en la causa no se ha acordado ninguna medida cautelar, o ningún requerimiento personal en la fase de instrucción o en penal, nada.

- Si sí se hubieran acordado en fase de instrucción esas medidas o requerimientos, la fecha de la sentencia no firme y la firmeza de esta

- Medidas cautelares establecidas en la Sentencia (personales, reales u ordenes de protección) y cambios posteriores en las mismas.

C) EN CUALQUIER ESTADO DEL PROCEDIMIENTO:

- Autos declarando en Rebeldía y cambios posteriores.

- Requerimientos de situación personal que son: Averiguación de Paradero, Busca-Captura-Personación y Búsqueda e ingreso en Prisión y cambios posteriores.

- Medidas cautelares establecidas en la Sentencia (personales, reales u ordenes de protección) y cambios posteriores en las mismas.



Asuntos de Violencia:

1) Autos declarando en Rebeldía y cambios posteriores.

2) Requerimientos de situación personal que son: Averiguación de Paradero, Busca-Captura-Personación y Búsqueda e ingreso en Prisión y cambios posteriores.

(Se anotan en RCMC no en RCPVD)


CASOS POSIBLES

1) Si el asunto no se hubiere grabado en el RCMC en Instrucción hay que grabarlo entero como nuevo.
2) Si el asunto se grabo en Instrucción hay que repescarlo y adjudicarle el número de procedimiento en el penal.
3) Si el asunto pasa de Abreviado a Ejecutoria hay que actualizar el número y tipo del procedimiento.

RECOMENDACIONES OPERATIVAS:

Son aplicables en general todos los pasos reseñados para el registro de Violencia Domestica, pero paso a resumirlas:


Si el asunto es de violencia domestica:

1) Mirar la última ficha de Violencia Domestica unida a la causa y remitida por el Secretario del Penal 4.
2) Copiar el número de registro central será del tipo 0025257/2009
3) Entrar por Registro, --> Registro de Sentencias -->Limpiar --> y en nº Reg Central poner el RCPVD.
4) Una vez que se accede a la pantalla comprobar que coinciden acusado y victima y grabar la rebeldia o el tipo de requerimiento personal que sea.
5) Si algo no marcha consultar al Secretario.

Si el asunto NO es de violencia:

1) Entrar por Consultas --> por personas --> nombre y apellidos y ver si tiene algo grabado. Hay que marcar el cuadrado al lado del nombre y abajo donde dice Ver ampliación de los seleccionados.
2) Si no hay nada, hay que grabar el asunto desde el principio.
3) Si hay algo grabado para él, hay que ver si alguno de los grabados en instrucción coincide con el asunto del penal.
4) Si no coincide hay que grabar el asunto desde el principio
5) Si coincide hay que copiar en un papel el numero de Registro Central de M.C.
6) Después entrar por Registro, --> Registro de Sentencias -->Limpiar --> y en nº Reg Central poner el numero de RCMC
7) Si lo reconoce, ya se puede actualizar lo que sea.
8) Si no lo reconoce hay que repescar el asunto de instrucción


- Tened en cuenta que en la pantalla general de registro de sentencias habra que acceder a las subpantallas de rebeldias y requerimientos de situación personal cuando sea el caso.

- Los bloqueos de contraseñas de los Funcionarios se pueden arreglar entrando por Gestion de Asuntos, y asignando el Secretario una contraseña nueva al Funcionario. El Funcionario entra la cambia y ya puede registrar.

NOTA: PENADOS Y REBELDES.

Tambien se pueden desbloquear las contraseñas de los Funcionarios.

Impresion de la cancelacion de rebeldias:

Si se da a Enviar y continuar y luego a imprimir no sale que este cancelado.

Para imprimirlo y unirlo a autos, en vez de darle Enviar y continuar, se aprietan simultaneamente las teclas Ctrl y P en el teclado, se da a imprimir y se obtiene una impresion de lo que se ve en pantalla.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com

JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS

esporadico

caracteres extraños al imprimir nota

#2 Mensaje por esporadico »

Los "caracteres extraños" obedecen al parecer a fallos en la comunicación entre la aplicación y el generador de PDF.
Se pueden evitar seleccionando la casilla "IMPRIMIR COMO IMAGEN" en el menu de "OPCIONES AVANZADAS DE IMPRESORA" que se abre pulsando el botón AVANZADAS de la ventana IMPRIMIR.

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