Competencia territorial. Incapaz interno en prisión

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scofield
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Competencia territorial. Incapaz interno en prisión

#1 Mensaje por scofield »

Holaaa a todos! a ver que pensais sobre esta cuestión. He visto por ahi que algun compañero lo planteó en relación con una conciliación pero sin respuesta
Planteo lo que se ha dado: persona incapaz que ha ingresado en la Unidad/ Módulo de enfermos mentales, entiendo la Unidad de Psiquiatría en la prisión.
El Juzgado A dice que la competencia para B, dado que está alllí en esa unidad, y que ese es el lugar de residencia/domicilio. B dice que no, que donde la tenia
? que pensais? es competente el del lugar donde tenia su domicilio antes del ingreso en el centro mental en prision, es decir, cuando estaba en libertad, o fuera de cárcel? o el del lugar de la prisión?

La jurisprudencia del TC en las ST que vi dice que cuando es una celda...el concepto de domicilio como tal no se da al no tener esos caracteres. Pero es que aquí no se trata de celda, se trata que está en esa unidad o establecimiento/ módulo en la prisión

Ya me decis, saludos

CIVILIST@
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Re: Competencia territorial. Incapaz interno en prisión

#2 Mensaje por CIVILIST@ »

El fundamento de la jurisprudencia que se inclina porque no rija la perpetuación de la jurisdicción en estos procedimientos (incapacidades, internamientos), de manera que el pleito se deba trasladar en cada momento al lugar donde resida o se encuentre el interesado, es el principio de protección del incapaz.

Y entiendo que ese principio debería regir también si el afectado se encuentra interno en un Centro Penitenciario. Pero ello siempre y cuando la estancia en ese lugar tenga carácter permanente, no sea puntal, lo que ocurrirá si está cumpliendo una pena de larga duración. En la línea de la jurisprudencia que señala que debe tenerse en cuenta a efectos de competencia si el traslado es temporal o con carácter de permanencia en el tiempo (AP Barcelona, Sección 18.ª, de 5 de junio de 2012)

En definitiva, en mi opinión no se trata tanto del debate jurídico de que la celda tenga o no consideración de domicilio, sino de si el afectado va a permanecer en ese lugar con visos de permanencia. En mi caso me inhibido en alguna ocasión de incapacidades cuando, debido a una crisis, han ingresado al demandado en una residencia, pero antes siempre he oficiado a la dirección del centro para que me confirmar que el ingreso tenía carácter permanente o si era puntual.

scofield
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Re: Competencia territorial. Incapaz interno en prisión

#3 Mensaje por scofield »

gracias Civilist@. hoy hablando con compis jueces me han dicho que en los casos que habian tenido habian optado por la competencia del lugar del domicilio que tenia en libertad antes de ingresar en el centro penitenciario en unidades para enfermos mentales....... tampoco habia yo caido en preguntarles de si era temporal o para un tiempo considerable de permanencia
Pero con tu respuesta y lo que citas de la AP Barcelona la cuestión parece queda más clara para optar por una u otra
un saludete!

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