EJH: Duda sobre subrogaciones y título ejecutivo.
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EJH: Duda sobre subrogaciones y título ejecutivo.
Buenos días a todos. tengo una duda y es que tengo que presentar una demanda de ejecución hipotecaria en la que la hipoteca la constituye un banco. posteriormente se subroga en la posición de acreedor otro banco distinto, posteriormente se hace ampliación, nueva subrogación posterior a otro banco...y así hasta tres bancos diferentes. La cuestión es que el último banco va a ejecutar, pero no me entrega la escritura de constitución inicial del primero, de las subrogaciones y novaciones anteriores a las suyas me da solo copias simples de las escrituras, y si me da copia ejecutiva de la escritura suya de subrogación y de la escritura suya de novación y ampliación. Necesito copias ejecutivas de todas las escrituras? y necesito si o sí la escritura inicial?
Gracias
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- Terminatrix
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Re: Duda sobre subrogaciones
Diligencia de constancia y ordenación pasando los autos a SSª Ilma para que acuerde lo oportuno sobre despacho o no de ejecución.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Re: EJH: Duda sobre subrogaciones y título ejecutivo.
ya, lo que quiero decir es si en vista del art. 6 de la ley 2/1994 de 30 de noviembre, con presentar la primera copia de la escritura de subrogación inscrita (que tenemos) y una certificación registral de inscripción y subsistencia de la hipoteca, es suficiente para proceder a la ejecución aunque no tengamos ninguna escritura de la primera hipoteca.
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- Terminatrix
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Re: EJH: Duda sobre subrogaciones y título ejecutivo.
Te digo lo mismo: sólo miro requisitos formales de admisión (poder, tasa, títulos originales, firmas, etc) TODO lo que sea tema de fondo ( despacho o no de ejecución) doy cuenta al juez y que lo mire él. Y no tenemos mal rollo, pero él hace su trabajo y yo el mío. Si él entiende que falta algo, ya dictará providencia para subsanación o auto de inadmisión si estima improcedente el despacho de ejecución.
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Re: EJH: Duda sobre subrogaciones y título ejecutivo.
Gracias por la respuesta
- Terminatrix
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Re: EJH: Duda sobre subrogaciones y título ejecutivo.
No hay de qué. Espero que no te haya molestado. Es que creo que tenemos que tener claras nuestras funciones ( los jueces son los primeros que empezaron a "ponerse en su sitio" con la Ley 13/2009) pues muchos de los males que aquejan a nuestro Cuerpo son fruto del voluntarismo y de la buena fe de muchos de nosotros. Y conste que te lo dice alguien que tardó en cambiar el chip.davirepi escribió:Gracias por la respuesta
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Re: EJH: Duda sobre subrogaciones y título ejecutivo.
En mi juzgado estoy pidiendo que se acredite la inscripción en el RP correspondiente del nuevo banco como nuevo titular del crédito hipotecario y si no lo hacen doy cuenta a la juez para que inadmita o archive la EJH, y de hecho la estamos archivando. me estoy refieriendo a los caso de segregación de activos tipo Bankia, CaixaBank, Bancaja, etc.
Re: EJH: Duda sobre subrogaciones y título ejecutivo.
Respondiendo a quien inició este hilo creo que la respuesta la tienes en el art. 685.4 LEC, lo que es exigible es una certificación registral completada con cualquier copia autorizada de la escritura de hipoteca (no tien por que se ejecutiva, si tiene que ser fehaciente, es decir, expedida con fe del notario, no copia simple).
Para Termi y conqunese.
De acuerdo con la separación de competencias desde la Ley 13/2009. Yo minuto primero las demandas, a veces por diligencia de ordenación requiero este tipo de defectos formales tan palmarios, pero siempre doy cuenta al Juez para despacho o no, o susbsanción por providencia.
Ultimamente dicta muchas con el asunto de los interses de demora abusivos dando plazo pra recálculo con emáximo del 12% y en su caso deniega.
La concurrencia o no de los presupuestos y requisitos del despacho son del Juez y los pronuniciamientos y recisiones del auto (art. 551.2 LEC) deben nacer de sus (del Juez) propias apreciaciones (obviamente, puede supervisar mi previo control formal).
También tenemos buen entente y fluido dialogo y colaboración, pero entiendo que una buena base de las buenas relaciones está en el recírpoco respeto competencial que nos tenemos.
Saludos
Para Termi y conqunese.
De acuerdo con la separación de competencias desde la Ley 13/2009. Yo minuto primero las demandas, a veces por diligencia de ordenación requiero este tipo de defectos formales tan palmarios, pero siempre doy cuenta al Juez para despacho o no, o susbsanción por providencia.
Ultimamente dicta muchas con el asunto de los interses de demora abusivos dando plazo pra recálculo con emáximo del 12% y en su caso deniega.
La concurrencia o no de los presupuestos y requisitos del despacho son del Juez y los pronuniciamientos y recisiones del auto (art. 551.2 LEC) deben nacer de sus (del Juez) propias apreciaciones (obviamente, puede supervisar mi previo control formal).
También tenemos buen entente y fluido dialogo y colaboración, pero entiendo que una buena base de las buenas relaciones está en el recírpoco respeto competencial que nos tenemos.
Saludos
Re: EJH: Duda sobre subrogaciones y título ejecutivo.
Hola a todos!
Tanto Terminatrix como cabal y cabal tienen razón, pero corresponde al Tribunal, la admisión a trámite de las siguientes demandas:
1.) DEMANDA EJECUTIVA, que se regula en el art. 551 LEC.
2.) JUICIO CAMBIARIO, que se regula en el art. 821 LEC.
Por lo tanto, doy cuenta de los documentos que faltan y que resuelva.
Tanto Terminatrix como cabal y cabal tienen razón, pero corresponde al Tribunal, la admisión a trámite de las siguientes demandas:
1.) DEMANDA EJECUTIVA, que se regula en el art. 551 LEC.
2.) JUICIO CAMBIARIO, que se regula en el art. 821 LEC.
Por lo tanto, doy cuenta de los documentos que faltan y que resuelva.
- Terminatrix
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Re: EJH: Duda sobre subrogaciones y título ejecutivo.
Cierto. Lo nuestro es ver qué falta ( requisitos formales) y dar cuenta. Yo no entro jamás a ver la corrección del título, sea escritura o pagaré. Eso es competencia del/la señor/a del despacho contiguo.
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Re: EJH: Duda sobre subrogaciones y título ejecutivo.
Creo somos competentes para pedir la acreditacion de la certificación registral como nuevo titular, y luego dar cuenta, lógicamente al juez para que decida, pues afecta a la capacidad procesal. Es lo mismo que cuando en una demanda no se aporta el poder de representación, se requiere subsanación y si no lo hace, al juez. Yo estoy harto de hacerlo.