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Ejecución de lo convenido en conciliación y postulación.

Publicado: Mié 30 Jul 2014 2:00 pm
por LEX
Hubo conciliacion con avenencia, se reconocía una deuda apgar en 3 plazos por un tota de 12000 euros. Ahora piden ejecución. la duda es que el escrito viene firmado solo por procurador. Entiendo que hace falta letrado, aunque el art539 dice que no. Estoy hecho un lio.

Re: Ejecución de lo convenido en conciliación y postulación.

Publicado: Jue 13 Dic 2018 3:17 pm
por secreperdida
Buenos días.
Retomando el tema que planteó el compañero/a
Para presentar la demanda de ejecución de un acto de conciliación en la que se acordó entregar una cantidad de 28.000 euros ¿sería necesario abogado y procurador?
a tenor del artículo 539 de la LEC, no, pero tampoco lo tengo claro.
¿Alguien podría aclararlo?
Gracias

Re: Ejecución de lo convenido en conciliación y postulación.

Publicado: Mar 18 Dic 2018 11:01 am
por darabia
Pues yo por analogía aplicaría el párrafo tercero el 539. 1 y rogaría por que la cosa acabara en la Audiencia Provincial para que me ilustrase con su criterio :roll: