Os planteo una cuestión, a ver si a alguien se le ocurre alguna explicación distinta a la que se me ocurre a mí:
Por un lado tenía una ejecución para sacar a subasta un inmueble, en ejecución de sentencia de ordinario para división de cosa común, en el que el demandante había pedido, además de la extinción de la comunidad de bienes y declaración de indivisibilidad, que el inmueble se adjudicara en ejecución de sentencia en subasta entre los copropietarios, sin intervención de terceros, y subsidiariamente, con admisión de licitadores extraños. El Juez acordó la subasta con intervención de terceros.
Después de incoada la anterior ejecución, el mismo ejecutante presenta otra contra el mismo ejecutado, que por cierto está ilocalizable, notificándose todo por edictos desde el declarativo, para cobrar las costas del ordinario.
Yo incoo la segunda ejecución y las acumulo, y después de poner el decreto convocando la subasta, el ejecutante dice que desiste de la subasta, que quiere continuar sólo por la reclamación dineraria.
La única explicación que le veo, y teniendo en cuenta que en el declarativo el ejecutante lo que quería realmente era una subasta sin intervención de terceros, es que su idea sea pedirme después el embargo de la cuota que tiene el ejecutado en la finca para hacer frente a las costas, y que así sólo saque a subasta una parte del inmueble, con lo que las posibilidades de que un tercero puje son prácticamente inexistentes.
Es pensar muy mal, o se os ocurre algún otro motivo para que desista de la subasta?
Verdadero posible motivo de un desistimiento de subasta
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: Verdadero posible motivo de un desistimiento de subasta
Buenos días, silka, es de cajón, y no supone pensar mal porque no es ilegal y el ejecutante manda.
Es la estrategia más lógica y sencilla (ejecutar las costas), aunque conlleva el riesgo de que un tercero se adjudique la mitad y haya de procederse luego igualmente a la división.
Saludos,
Es la estrategia más lógica y sencilla (ejecutar las costas), aunque conlleva el riesgo de que un tercero se adjudique la mitad y haya de procederse luego igualmente a la división.
Saludos,