"En la elaboración de las minutas de Abogados y procuradores,
la doctrina de la sala de lo Civil del TS (Auto de 3 de mayo
de 2011, Auto 1985/05, STS 769/13, y más recientemente STS de
15/07/15 recurso 2659/12, etc.) ha sentado la aplicación del
principio de proporcionalidad con el trabajo realizado y la
incidencia del mismo en el resultado. La minuta incluida por
el proicurador en la tasación debe de ser razonable dentro de
los parámetros de la profesión, y no solo calculada de acuerdo
con la aplicación automática de los criterios de cuantía, sino
adecuado a las circunstancias concurrentes del pleito, al
grado de complejidad del asunto....."
Sigo quedándome "estupendo" porque creo que alguien se olvida del contenido de la sentencia del TC 108/2013
Proporcionalidad a la hora de tasar derechos de procurador
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
- Procurador
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Re: Proporcionalidad a la hora de tasar derechos de procurad
Bueno, esa doctrina yo la aplico, caso de procuradores, para desahucio con reclamación de rentas o ejecuciones de título judicial en las que la parte ejecutante pide en la demanda embargo de cuentas, se acuerda en el decreto y se embarga el principal más el 30%, devengåndose el 26 más el 50% por vía de apremio. Caso de letrados, el ámbito de aplicación es casi omnipotente.
Et in Arcadia ego
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Re: Proporcionalidad a la hora de tasar derechos de procurad
Newzel la has aplicado en el caso de ejecuciones hipotecarias no de vivienda? Hay minutas de escandalo, si lo hiciste ¿como hiciste la reducción? al tercio quizá?
- Procurador
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Re: Proporcionalidad a la hora de tasar derechos de procurad
Newzel...de nuevo no me has entendido.
Una cosa es tasar costas y decir que sólo el despacho de ejecución y la vía de apremio y ninguna incidencia más, que yo lo considero erróneo, y otra es decir, como he visto yo, que porque en la fase declarativa del desahucio, como encima se considera equiparable a un monitorio, y encima la parte sólo ha presentado la demanda y dos escritos...reducidas en el 50%....que no, que el TC lo deja bien claro, que no se puede aplicar criterio alguno de proporcionalidad sobre los derechos de procurador.
Una cosa es tasar costas y decir que sólo el despacho de ejecución y la vía de apremio y ninguna incidencia más, que yo lo considero erróneo, y otra es decir, como he visto yo, que porque en la fase declarativa del desahucio, como encima se considera equiparable a un monitorio, y encima la parte sólo ha presentado la demanda y dos escritos...reducidas en el 50%....que no, que el TC lo deja bien claro, que no se puede aplicar criterio alguno de proporcionalidad sobre los derechos de procurador.
Re: Proporcionalidad a la hora de tasar derechos de procurad
OOOOpppppsss
Menudo fallo!!!!
Tienes toda la razón Procurador, iba acelerado. En todo caso, no son pocos los votos de Magistrados del TS que pretenden la moderación de los derechos de los procuradores, pero vamos, por ahora, el TS acoge lo expuesto por el TC (por ejemplo, como más reciente, ATS 5215/2015)
El AAP NA 145/2016, de 16/06/16 planteó cuestión prejudicial al TJUE sobre esta cuestión, aunque desconozco si ya se ha resuelto o no
Menudo fallo!!!!
Tienes toda la razón Procurador, iba acelerado. En todo caso, no son pocos los votos de Magistrados del TS que pretenden la moderación de los derechos de los procuradores, pero vamos, por ahora, el TS acoge lo expuesto por el TC (por ejemplo, como más reciente, ATS 5215/2015)
El AAP NA 145/2016, de 16/06/16 planteó cuestión prejudicial al TJUE sobre esta cuestión, aunque desconozco si ya se ha resuelto o no
Et in Arcadia ego
Re: Proporcionalidad a la hora de tasar derechos de procurad
Una pregunta aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid:
Respecto a la moderación de las minutas de los Letrados en relación al trabajo efectivamente realizado, ¿lo aplicáis en la tasación ya directamente o solamente en caso de que se impugne por excesivas?. Es que hay casos realmente vergonzosos, y muchas veces me quedo con las ganas de pasar la tijera desde el principio. ¿Cómo lo hacéis?.
Respecto a la moderación de las minutas de los Letrados en relación al trabajo efectivamente realizado, ¿lo aplicáis en la tasación ya directamente o solamente en caso de que se impugne por excesivas?. Es que hay casos realmente vergonzosos, y muchas veces me quedo con las ganas de pasar la tijera desde el principio. ¿Cómo lo hacéis?.
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Re: Proporcionalidad a la hora de tasar derechos de procurad
lo que yo veo que se suele hacer es tijera previa impugnacion, pero me planteo con las minutas escandalosas (tengo una de 40.000 euros) recortar ya en tasación