A nombre de quién va el mandamiento con J.gratuita
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
A nombre de quién va el mandamiento con J.gratuita
Buenos días, los mandamientos de devolución por costas a favor de una persona con justicia gratuita a nombre de quien los ponéis , de la parte o del Procurador ? Gracias
Re: A nombre de quién va el mandamiento con J.gratuita
Yo de entrada a favor de la parte, pero si el abogado y/o procurador me lo piden a su nombre, a su nombre los expido conforme al art. 36 de la Ley 1/1996
Re: A nombre de quién va el mandamiento con J.gratuita
Este tema se ha tratado en varios hilos, sería cuestión de buscarlos.
En cualquier caso, en estos supuesto pongo la siguiente diligencia de ordenación al igual que indica Enteradilla:
"Atendida la petición realizada, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 36.5 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, en cuya virtud "5. Obtenido el pago por los profesionales designados de oficio conforme a las reglas contempladas en los apartados anteriores, estarán obligados a devolver las cantidades eventualmente percibidas con cargo a fondos públicos por su intervención en el proceso. Para el cálculo de sus honorarios y derechos, se estará a las normas sobre honorarios de abogados de cada Colegio, así como a los aranceles de los procuradores vigentes en el momento de la sustanciación del proceso.", se accede a la petición, librando mandamiento a nombre de los profesionales por sus respectivos honorarios y derechos, sin perjuicio de librar oficio a los Colegios de Abogados y Procuradores para que tengan constancia del pago realizado a los efectos legales indicados."
Posteriormente suele llegar comunicación de los Colegios Profesionales respectivos acusando recibo de la comunicación.
En cualquier caso, en estos supuesto pongo la siguiente diligencia de ordenación al igual que indica Enteradilla:
"Atendida la petición realizada, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 36.5 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, en cuya virtud "5. Obtenido el pago por los profesionales designados de oficio conforme a las reglas contempladas en los apartados anteriores, estarán obligados a devolver las cantidades eventualmente percibidas con cargo a fondos públicos por su intervención en el proceso. Para el cálculo de sus honorarios y derechos, se estará a las normas sobre honorarios de abogados de cada Colegio, así como a los aranceles de los procuradores vigentes en el momento de la sustanciación del proceso.", se accede a la petición, librando mandamiento a nombre de los profesionales por sus respectivos honorarios y derechos, sin perjuicio de librar oficio a los Colegios de Abogados y Procuradores para que tengan constancia del pago realizado a los efectos legales indicados."
Posteriormente suele llegar comunicación de los Colegios Profesionales respectivos acusando recibo de la comunicación.
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Re: A nombre de quién va el mandamiento con J.gratuita
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).
Re: A nombre de quién va el mandamiento con J.gratuita
Yo en el único caso que tuve, lo puse en conocimiento del colegio de abogados.
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Re: A nombre de quién va el mandamiento con J.gratuita
A modo de "denuncia" al letrado por pedirlo o qué. Explícalo porfapisto escribió:Yo en el único caso que tuve, lo puse en conocimiento del colegio de abogados.