Distribución de deuda hipotecaria: entre todas las fincas o sólo entre las adjudicadas.

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Invitada75

Distribución de deuda hipotecaria: entre todas las fincas o sólo entre las adjudicadas.

#1 Mensaje por Invitada75 »

He estado revisando el foro y no termino de aclararme con una adjudicación en un hipotecario. La hipoteca recae sobre 8 fincas, pero sólo se pidió y se acordó el despacho de ejecución respecto de 3. Celebrada subasta, sin postores, el Banco pide la adjudicación por todos los conceptos. Mi duda es a la hora de distribuir la deuda: ¿debo distribuirla entre las 8 fincas hipotecadas, o sólo entre las 3 respecto de las que se ha despachado ejecución? Yo estoy por distribuir la deuda entre las 8, con lo cual no hay sobrante (de hecho, quedaría deuda pendiente de pago) y adjudicar y cancelar la hipoteca solo respecto de las 3 objeto de la ejecución, por aplicación del art. 119 LH, pero la verdad ando dándole vueltas al tema y viendo resoluciones de la DGRN, y sigo sin tenerlo claro del todo.

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sisifo
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Re: Distribución de deuda hipotecaria: entre todas las fincas o sólo entre las adjudicadas.

#2 Mensaje por sisifo »

Hola invitada 75.

En el supuesto que planteas el préstamo está garantizado mediante hipoteca constituida sobre 8 fincas, cada una de las cuales responderá de una parte del gravamen (cobertura hipotecaria). A ello se refiere el Art. 119 L.H. que mencionas.

Ahora bien, el acreedor hipotecario sólo ejecutó la hipoteca sobre tres de las fincas. Ello puede deberse a que el ejecutado, de acuerdo con el acreedor, liberó las otras fincas pagando parte del préstamo o bien las enajenó, subrogándose un tercero en la parte correspondiente de la obligación y la garantía. Compara el importe del préstamo en la escritura de constitución de hipoteca y el principal reclamado en la ejecución.
Este último importe debería ser aproximadamente un tercio del préstamo inicial.

Supongo que el ejecutado no ha podido vender o pagar las tres fincas hipotecadas que le quedan en propiedad, y el acreedor pide el despacho de ejecución por la parte del préstamo impagado.

El banco pide adjudicación por todos los conceptos: entiendo que has tasado costas y liquidado intereses, presupuesto necesario para determinar el total de la cantidad debida.

Planteas la posibilidad de distribuir la deuda entre las 8 fincas hipotecadas. ¿Por qué? No sabes si la hipoteca que grava las otras cinco ha sido cancelada o si dichas fincas siguen perteneciendo al ejecutado. Imagínate que solo se hubiera ejecutado una de las fincas y el acreedor te pide la adjudicación de “esa finca” por la cantidad debida por todos los conceptos. Seguramente no te plantearías distribuir la deuda entre las ocho fincas.

Dicho esto, en mi opinión, se debe distribuir la deuda (mejor dicho, cada uno de los conceptos que integran la deuda) entre las tres fincas, y comprobar que lo adjudicado por cada uno de los conceptos no excede de la respectiva cobertura hipotecaria.

Dado que lo adjudicado equivale a lo reclamado, no puede existir deuda pendiente, ni sobrante, salvo que el precio de adjudicación haya excedido en alguno de los conceptos (generalmente suele pasar con los intereses moratorio o las costas) el límite de responsabilidad hipotecaria para ese mismo concepto, o bien se reclame algún concepto no garantizado (comisiones, seguros, etc.), en cuyo caso el acreedor deberá consignar el exceso o el importe indebidamente reclamado, respectivamente.

Una vez ingresado este sobrante por el ejecutante, se le dará el destino que corresponda conforme al Art. 692 LEC. Si dicho exceso va a parar a un acreedor posterior, al hipotecante no deudor o a la masa concursar, entonces quedará deuda pendiente equivalente al sobrante que el ejecutante podrá reclamar al deudor vía Art. 579 LEC. En otro caso el exceso consignado se reintegrará al ejecutante, y no habrá deuda pendiente.

Espero no haberte liado más de lo que estabas. Saludos.

Invitada75

Re: Distribución de deuda hipotecaria: entre todas las fincas o sólo entre las adjudicadas.

#3 Mensaje por Invitada75 »

Ay, muchas gracias!! No me has liado para nada, al revés, es que muchas veces se empecina una con una idea y hasta que no viene alguien y te explica el jardín en el que te has metido no ves la luz

Adjunto

Re: Distribución de deuda hipotecaria: entre todas las fincas o sólo entre las adjudicadas.

#4 Mensaje por Adjunto »

Hola!! A mí se me plantea algo similar y no se muy bien por donde tirar:
EJH por 165000€. Tres fincas en garantía del crédito. Solo piden ejecución de una( la que tiene solo un 3% de la deuda)., Pero liquidan todo el crédito.
Se subasta la finca que ejecutan y al no haber postores el actor pide la adjudicación por el 50% de su tasación.
El caso es que se tasaron costas e Intereses, muy por encima de la cobertura hipotecaria de esa finca, pero no hay acreedores posteriores, por ahí no veo el problema. Se aprobaron las costas e intereses y ahora me lo encuentro yo para adjudicar.
¿ He de hacer alguna distribución de esas costas e intereses teniendo en cuenta las otras dos fincas no ejecutadas, en atención a su porcentaje de deuda?..no se muy bien como hacer la adjudicación....
si alguien me puede orientar le quedó enormemente agradecido

Invitado

Re: Distribución de deuda hipotecaria: entre todas las fincas o sólo entre las adjudicadas.

#5 Mensaje por Invitado »

A mí también me interesa ¿Alguien sugiere alguna idea?

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darabia
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Re: Distribución de deuda hipotecaria: entre todas las fincas o sólo entre las adjudicadas.

#6 Mensaje por darabia »

La adjudicación se hará por los limites de cobertura hipotecaria de la finca ejecutada tanto en lo tocante a principal como intereses y costas, si hubiera sobrante habrá que ver si hay otros acreedores preferentes sino iría a manos del ejecutante para cubrir el resto de la deuda.

Ejemplo: Ppal: 100.000 Int: 25.000 Costas: 25.000------> Total: 150.0000

Cobertura hipotecaria de la finca: 15.000 ppal, 8.000 de intereses , 2.000 de Costas

Se adjudica por : 75.000

Pues se adjudicaría por 75.000 de los cuales 15000 serían de principal, 8.000 de intereses y 2.000 de costas (total 25.000), existe por tanto un sobrante de 50.000.

Ese sobrante irá para el siguiente o siguientes acreedor/es preferente/s que no tiene porque ser el ejecutante porque su privilegio hipotecario se agotó con los limites de cobertura. Si no hubiera otros acreedores con mejor derecho, el sobrante sí que iría a cubrir la deuda persistente.


Espero haberme explicado!
Desde un mixto de pueblo.....

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