Hola a todos! a ver si lo veis como yo o no. Normalmente siempre que nos han pedido la prorroga de la anotación preventiva de embargo por su caducidad de 4 años, la acordamos. Pero llegado un pleito antiguo a mi mano, donde observo que por 1.500 euros se acordó desde el primer minuto embargos de fincas con valor de 200.000 y 250.000 euros ! sin ni siquiera haber hecho quien estaba en mi ahora mesa averiguacion patrimonial previa, embargos menos gravosos etc..... ahora me llega a mi para la siguiente prórroga . He hecho la averiguación patrimonial y hay cuentas corrientes, vehículos, etc.....por lo cual me dispongo a levantar ese embargo, y no prorrogarla, argumentando su no procedencia...
¿ creeis que recurrirán? es que mantener un embargo de fincas por 1.500 euros.........y habiendo mas cosas de las que tirar..........
No prorrogar anotación preventiva
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: No prorrogar anotacion preventiva
Recurrir te van a recurrir, pero yo haría lo mismo que tú
Desde un mixto de pueblo.....
- Terminatrix
- Moderador
- Mensajes: 13058
- Registrado: Jue 28 Ene 2010 12:12 am
- Ubicación: Matrix.
Re: No prorrogar anotacion preventiva
Es un auténtica bestiada. Me reservo la opinión sobre ciertos "profesionales" del Cuerpi.
Estoy con Darabia. Siempre te puedes acoger, si te recurrieran, al precepto sobre proporcionalidad entre el valor de lo embargado y la suma reclamada. Y como ya no cabría recurso...
Estoy con Darabia. Siempre te puedes acoger, si te recurrieran, al precepto sobre proporcionalidad entre el valor de lo embargado y la suma reclamada. Y como ya no cabría recurso...
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Re: No prorrogar anotación preventiva
Buenas, a mí no me queda claro si has dado traslado a la parte ejecutante de la averiguación patrimonial (dices "he hecho"), porque entiendo que es lo que procedería: para que inste lo que convenga, con el apercibimiento de no acordar la prórroga al amparo del 584 LEC.
Elegante, pero mortal
Elegante, pero mortal
Re: No prorrogar anotación preventiva
Antes de alzar el embargo, yo miraría la información del PNJ, puede que las cuentas tengan saldo negativo, que los vehículos tengan embargos anteriores...
- Terminatrix
- Moderador
- Mensajes: 13058
- Registrado: Jue 28 Ene 2010 12:12 am
- Ubicación: Matrix.
Re: No prorrogar anotación preventiva
Cierto. Estocada y descabelloJotaerre escribió: ↑Lun 13 Nov 2017 9:14 pm Buenas, a mí no me queda claro si has dado traslado a la parte ejecutante de la averiguación patrimonial (dices "he hecho"), porque entiendo que es lo que procedería: para que inste lo que convenga, con el apercibimiento de no acordar la prórroga al amparo del 584 LEC.
Elegante, pero mortal
Efectivamente. En cualquier caso, hay que comprobar también si las fincas tienen o no cargas previas, pues siempre puedes mantener el embargo sobre una ( de no existir otros bienes de más fácil realización) y alzarlo sobre el resto.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Re: No prorrogar anotación preventiva
para darabia y terminatrix. Sí.es una bestiada pero de oficio alzar el embargo? 593 y 612 nos lo prohiben. ¿ no deberia solicitarlo el ejecutado? o en base al 584 nos da para alzarlo?
Re: No prorrogar anotación preventiva
¿Han variado las circunstancias? Por lo que veo en 4 años no ha sido posible obtener la cantidad despachada; entonces, ¿Cual es el motivo para levantar el embargo?
El embargo inicial fue en su momento susceptible de recurso, si no se recurrió y no han variado las circunstancias entiendo que no cabe levantar el embargo ahora.
El embargo inicial fue en su momento susceptible de recurso, si no se recurrió y no han variado las circunstancias entiendo que no cabe levantar el embargo ahora.