Hola, me estreno en el foro para plantear una duda. La parte demandante presenta recurso de apelación contra la sentencia desestimadora de la demanda pero sólo por la condena en costas. La sentencia de segunda instancia confirma la sentencia, e impone también las costas.
En la tasación de costas de la apelación, ¿cual es la cuantía a tomar para las minutas de letrado y procurador?
La cuantía de la demanda era 20.000 euros.
Apelación y cuantía base para tasar las costas.
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
- Helena-Agueda
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Re: Apelación y cuantía base para tasar las costas.
Hola, buenas...
La cuantía, si no se cuestionó, será la fijada por la parte en su escrito de demanda. Esta, permanece inalterable, sin que puede ser cuestionada ni por vía de recursos ni por impugnaciones posteriores.
Las costas de la segunda instancia las tasa la AP
La cuantía, si no se cuestionó, será la fijada por la parte en su escrito de demanda. Esta, permanece inalterable, sin que puede ser cuestionada ni por vía de recursos ni por impugnaciones posteriores.
Las costas de la segunda instancia las tasa la AP
- Procurador
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- Registrado: Mié 23 Nov 2011 10:56 pm
Re: Apelación y cuantía base para tasar las costas.
En la tasación de costas, habida cuenta que la apelación versa únicamente respecto de la condena en costas de primera instancia, entiendo que no ha de estarse a la cuantía del procedimiento sino que habría de considerarse que la cuantía del recurso, a efectos de tasación, es indeterminada.
Yo desde luego, siempre que he tenido que solicitar tasación en un supuesto igual he minutado mis derechos como indeterminada.
Habrá quien dirá que la cuantía del recurso sería la de las costas de primera instancia pero en ese supuesto las mismas deberían estar tasadas y declaradas firmes pero eso llevaría a la Sala a resolver que hasta tanto en cuanto no estén tasadas las costas de primera instancia no se tasarán las de segunda y entiendo que tal resolución no cabe en derecho.
Yo desde luego, siempre que he tenido que solicitar tasación en un supuesto igual he minutado mis derechos como indeterminada.
Habrá quien dirá que la cuantía del recurso sería la de las costas de primera instancia pero en ese supuesto las mismas deberían estar tasadas y declaradas firmes pero eso llevaría a la Sala a resolver que hasta tanto en cuanto no estén tasadas las costas de primera instancia no se tasarán las de segunda y entiendo que tal resolución no cabe en derecho.
Re: Apelación y cuantía base para tasar las costas.
De acuerdo contigo, Procurador , pero el Colegio podría aplicar el "interés económico" del recurso, para lo cual primero deberían tasarse las costas de primera instancia, lo cual, obviamente, depende de que así lo pida la parte beneficiada.
Saludos,
Saludos,