EJH: requerimiento a persona jurídica por Sede Electrónica

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Lobo Estepario
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EJH: requerimiento a persona jurídica por Sede Electrónica

#1 Mensaje por Lobo Estepario »

Hola.
Quisiera preguntaros si los Registradores os están poniendo pegas con los requerimientos a los ejecutados personas jurídicas por Sede Electrónica. Algún compañero me ha comentado que se han negado a inscribir el decreto de adjudicación porque no consideran que el requerimiento así practicado sea legal.
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"Una persona inteligente se repone pronto de un fracaso. Un mediocre jamás se recupera de un éxito." Séneca

invitad@

Re: EJH: requerimiento a persona jurídica por Sede Electrónica

#2 Mensaje por invitad@ »

Perdón? no trabajo en la jurisdicción civil pero es necesario hacer constar que el requerimiento se practicó por sede electrónica o simplemente que se practicó?. En teoría todos los requerimientos se deben hacer personalmente en el sentido que el requerido puede manifestar algo pero en un curso de justicia digital se planteo la cuestión respecto del monitorio y se llegó a la conclusión de que con anterioridad se hacía por correo con acuse de recibo y tampoco se podía contestar al requerimiento.
De todos modos en mi opinión los Registradores siempre poniendo pegas. Interesante cuestión de debate. Espero más aportaciones....

Chavalito

Re: EJH: requerimiento a persona jurídica por Sede Electrónica

#3 Mensaje por Chavalito »

Entre los registradores y el TC....
Habrá muchos debates de este estilo mientras no se adapten las leyes procesales a la Ley 18/2011.
Es la inconsecuencia de nuestro legislador

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