División de herencia, liquidación de Sociedad de Gananciales y Asistencia Jurídica Grauita...

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aarangato
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División de herencia, liquidación de Sociedad de Gananciales y Asistencia Jurídica Grauita...

#1 Mensaje por aarangato »

De los procedimientos del Título II, Libro IV de la LEC, el tema de la asistencia jurídica gratuita, en estos procesos, la parte actora tiene reconocido el derecho de AJG, las partes de común acuerdo piden en la Comparecencia ante el/la LAJ solicitan pericial, que se nombre perito para los bienes, pues antes la Dirección General tramitaba y designaba unos servicios externos contratados, estos emitían una provisión de fondos, se le daba traslado a las partes para que en su caso abonasen en proporción las cantidades que a cada una correspondía, bajo apercibimiento de que de no efectuarlo en un plazo de DIEZ DÍAS, se llevarían las pericias por estos servicios sin que las partes pudiesen impugnar las mismas, igual proceder con el Contador Partidor, ahora la dirección general me dice que de eso nada, que solo se cubre la proporción de la/s parte/s que tienen reconocido el derecho de Asistencia Jurídica Gratuita, quiere esto decir que basta que una parte no quiera pagar para que la parte con un derecho reconocido se vea abocada nunca poder obtener la tutela judicial efectiva por con un derecho constitucional reconocido.

Cómo sucede en los diferentes ámbitos… Gracias anticipadas... :parienta: