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DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Dom 08 Abr 2018 7:13 pm
por Chavalin
La DGRN confirma su linea doctrinal sobre la interpretación finalista del art. 671 LEC. Opina que una interpretación puramente literal produce un resultado distorsionado.

Desestima el recurso de Caixabank y Buidilgcenter contra la calificación negativa del decreto de adjudicación de vivienda no habitual en subasta sin postores por todos los conceptos (después de haber renunciado las costas e intereses, que de haberse aprobados ascenderían a 21.204,89 €) por un importe (73.758,36 €) que supone el 29,59 € del tipo para subasta (249.226,25 €).

El recurso Caixabank y Buidilgcenter está muy bien fundamentado. Dice que el art. 671 LEC vigente dicde lo que quiere el legislador que diga, pese a las multiples ocasiones para hacerlo. Y es claro. Que el registrador se extralimita del marco del art. 18 LH y 100 RH). Y que la doctrina de la DGRN pese a gozar de elevado reconocimiento, es un órgano que tiene carácter administrativo, no siendo jurisprudencia. Y dice que la DGRN no puede erigirse ni en legislador ni en organo que goce de facultad jurisdiccional.

La DGRN cree que el minimo de adjudicación sería el 50%. Lo que implica consignar como sobrante el 20,41 % del tipo, de la diferencia. Que la ejecutante, si cree que en el EJH es muy divergente el precio pactado en hipoteca con el actualizado al tiempo de la subasta, puede acudir la procedimiento de ejecución ordinaria ETNJ.

El debate continúa ...

http://www.boe.es/boe/dias/2018/04/06/p ... 8-4714.pdf

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Lun 09 Abr 2018 2:22 pm
por ALATRISTE
Muchas gracias compañero.
Muy interesante. Me viene muy bien para seguir formándome en las dichosas adjudicaciones.

Un abrazo.
Alatriste

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Lun 19 Nov 2018 11:46 am
por SECREDELOS80
Hola he estado buscando jurisprundecia sobre esta cuestión, y realmente solo encuentro de la DGRN.
al no ser jurisprudencia, alguien tiene algo sobre esta cuestión? tengo un asunto con este problema ya que quiere el ejecutante quedarse una finca por el 17% del valor de tasación (cubre todos los conceptos pero me parece una burrada y muy abusivo).
gracias!

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Lun 19 Nov 2018 5:58 pm
por Sagaz
SECREDELOS80 escribió: Lun 19 Nov 2018 11:46 am Hola he estado buscando jurisprundecia sobre esta cuestión, y realmente solo encuentro de la DGRN.
al no ser jurisprudencia, alguien tiene algo sobre esta cuestión? tengo un asunto con este problema ya que quiere el ejecutante quedarse una finca por el 17% del valor de tasación (cubre todos los conceptos pero me parece una burrada y muy abusivo).
gracias!
Hola SECREDELOS80. Por si te sirve... yo particularmente cuelo en todos mis Decretos de subasta que no se adjudicará ninguna finca por debajo del 50% como condición particular... Un 50 ya es una sangrada, como para encima estar adjudicando por menos, cubra o no cubra la totalidad de la deuda. Y si no te recurren (que no lo van a hacer porque nadie se lee estas cosas) se lo tienen que comer con patatas. Si su deuda es del 17% que consignen la diferencia hasta el 50, no se van a enriquecer un 33% en mis narices a costa del ejecutado.

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Mar 20 Nov 2018 11:24 am
por SECREDELOS80
efectivamente eso lo hago, al igual que aviso que la fincas se subastan de forma individual.
aun así me gustaría algo de jurisprudencia
gracias sagaz

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Mar 20 Nov 2018 11:39 am
por Sagaz
SECREDELOS80 escribió: Mar 20 Nov 2018 11:24 am efectivamente eso lo hago, al igual que aviso que la fincas se subastan de forma individual.
aun así me gustaría algo de jurisprudencia
gracias sagaz
Pues entonces ya está todo dicho. El que concurre a la subasta acepta tanto las condiciones particulares como generales. Yo creo que no hace falta más argumentación. Suerte! chocala

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Mié 21 Nov 2018 11:43 am
por secreperdida
Buenos días.
¿En todos estos casos en que nos están llegando las calificaciones negativas de los Registradores por haber adjudicado las fincas que no son vivienda habitual por todos los conceptos conforme al artículo 671 pero por importe inferior al 50%, debemos hacer algo de oficio desde el Juzgado? ¿O debe esperarse a que la parte inste algo? porque además, en muchos casos se ha llevado a cabo incluso el lanzamiento.
Gracias

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Mié 21 Nov 2018 3:37 pm
por compinueva
Sagaz escribió: Lun 19 Nov 2018 5:58 pm
SECREDELOS80 escribió: Lun 19 Nov 2018 11:46 am Hola he estado buscando jurisprundecia sobre esta cuestión, y realmente solo encuentro de la DGRN.
al no ser jurisprudencia, alguien tiene algo sobre esta cuestión? tengo un asunto con este problema ya que quiere el ejecutante quedarse una finca por el 17% del valor de tasación (cubre todos los conceptos pero me parece una burrada y muy abusivo).
gracias!
Hola SECREDELOS80. Por si te sirve... yo particularmente cuelo en todos mis Decretos de subasta que no se adjudicará ninguna finca por debajo del 50% como condición particular... Un 50 ya es una sangrada, como para encima estar adjudicando por menos, cubra o no cubra la totalidad de la deuda. Y si no te recurren (que no lo van a hacer porque nadie se lee estas cosas) se lo tienen que comer con patatas. Si su deuda es del 17% que consignen la diferencia hasta el 50, no se van a enriquecer un 33% en mis narices a costa del ejecutado.
el problema que veo yo es si te recurren ¿ que argumentamos?gracias

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Mié 21 Nov 2018 3:54 pm
por Sagaz
compinueva escribió: Mié 21 Nov 2018 3:37 pm
Sagaz escribió: Lun 19 Nov 2018 5:58 pm
SECREDELOS80 escribió: Lun 19 Nov 2018 11:46 am Hola he estado buscando jurisprundecia sobre esta cuestión, y realmente solo encuentro de la DGRN.
al no ser jurisprudencia, alguien tiene algo sobre esta cuestión? tengo un asunto con este problema ya que quiere el ejecutante quedarse una finca por el 17% del valor de tasación (cubre todos los conceptos pero me parece una burrada y muy abusivo).
gracias!
Hola SECREDELOS80. Por si te sirve... yo particularmente cuelo en todos mis Decretos de subasta que no se adjudicará ninguna finca por debajo del 50% como condición particular... Un 50 ya es una sangrada, como para encima estar adjudicando por menos, cubra o no cubra la totalidad de la deuda. Y si no te recurren (que no lo van a hacer porque nadie se lee estas cosas) se lo tienen que comer con patatas. Si su deuda es del 17% que consignen la diferencia hasta el 50, no se van a enriquecer un 33% en mis narices a costa del ejecutado.
el problema que veo yo es si te recurren ¿ que argumentamos?gracias
Para mí sigue siendo perfectamente válida la argumentación de la DGRN, que se orienta hacia la idea de que el mínimo adjudicable está en el 50%. Al margen de ello, no hay que olvidar que una adjudicación al 50% ya representa un quebranto económico importante para el ejecutado, y para el ejecutante sigue siendo un negocio redondo aunque tenga que consignar lo que falte hasta dicho porcentaje, pues al fin y al cabo está recibiendo ladrillo a mitad de su valor de subasta. Todo lo que se salga de estas bases para mí es un enriquecimiento injusto y el equivalente a rematar al ejecutado cuando ya está en el suelo y con las costillas rotas. Delante mía no.

Ojo, hasta la fecha no me lo han recurrido, habría que ver qué ocurre entonces y cómo lo fundamento...

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Mié 12 Dic 2018 1:17 am
por Uuuiiuuu

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Mié 12 Dic 2018 10:46 am
por newzel
Ya son varias las AP que confirman la tesis de la DGRN. En Guias y Jurisprudencia podréis encontrar un enlace al Boletín del Grupo de trabajo de LAJs y Registradores de Vaencia donde cada seis meses se actualiza la información.

Por otro lado, recordad que se aplica sólo al supuesto del 671LEC, no al 670.4. En este último, corresponde al LAJ determinar si se aprueba por menos de 50% del tipo de subasta, o si aplica el 671 LEC

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Mié 12 Dic 2018 8:11 pm
por Uuuiiuuu
Lo estoy aplicando a todo tipo de subasta, con postores y sin ellos. Es más, he dado instrucciones para en el Portal se ponga como puja mínima el 50%, y así lo hago constar en el decreto.
Evito fraudes, como aquellas famosas subastas con La Caixa y Servihabitat de postor.
Tiempo al tiempo, pronto vereis a los fondos buitres a los que se ceden el crédito participando en ellas.
Yo, ya he puesto el parche.

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Jue 13 Dic 2018 6:22 pm
por Lacolamata
Para los muy recalcitrantes...



Voy hacer una ficción:
Imaginen una persona, un pequeño empresario o una mini empresa (Por dejar fuera a los poderoso !qué también tienen los mismo derechos! no lo olvidemos) que le hace un "trabajo" o presta un servicio (Remunerado) a alguien y no le paga... Ejecuta... (Omito el proceso !se supone que lo conocemos! y que es super garantista para todas las partes) se le avisa, se le conmina al pago... pero no lo hace... Se le tasa el inmueble... digamos en 200.000€ (La deuda la podemos poner en 10.000)… Se convoca subasta...(No paga) Se subasta... no puja nadie... ¿obligamos al pobre diablo a pagar !además de que no ha cobrado! 100.000€? Como no lo podrá pagar esos 100.000€ ... se le levanta el embargo... y el "deudor" !vuelta a empezar!

Los caso siempre tiene muchas interpretaciones.

Sin animo... de sentar cátedra...

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Jue 13 Dic 2018 9:26 pm
por Uuuiiuuu
Eso no ocurre en los hipotecarios.
Tu ejemplo en el resto de ejecuciones tampoco es normal, No suele embargase un bien de precio tan elevado por una deuda considerablemente menor, y en todo caso, habría una averiguación patrimonial anterior. Y si es el único bien que posee el ejecutado valorando su conducta, ya se verá.
Aún así esa tasación es el valor de mercado.

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Jue 13 Dic 2018 10:13 pm
por Lacolamata
¿Sabes cuanta CCPP ejecuntan vivienda en la castellana, por poner un ejemplo?
¿Y qué pasa si la averiguacion patrimonial es negativa y solo existe un inmueble?
¿Acaso no existe los morosos "profesionales", sólo existes los malvados fondos buitres?
En los hipotecario sucede menos, es verdad, pero suceden. En la mayoria de los casos se producen por una "merma" en el valor de la propiedad y más teniendo en cuenta la "exageradas" tasaciones que se hicieron hace unos años. En EH siempre hay postores si el valor real es mayor que el de tasación para la subasta. Es muy frecuente con oficinas (Ejemplo de este hilo) y locales que tiene muy poco valor comercial.

La tasacion para subasta siempre es el valor de mercado menos el 25% (El la mayoria de procedimiento, por descuido de la actora, no se solicita)

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Jue 13 Dic 2018 11:53 pm
por Uuuiiuuu
Para la primera pregunta, no tengo respuesta.
A la segunda, ya lo dije. Si sólo hay un inmueble, se embarga. Pero atendiendo a la conducta del deudor ya veré si apruebo un remate por la deuda, si está es mínima.
A la tercera, claro que los hay.
En lo referente a la tasación, en los hipotecarios ya consta en la escritura. En las demás ejecuciones habrá que tasar el inmueble y liquidar cargas art 666 LEC

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Vie 14 Dic 2018 2:01 pm
por Lacolamata
Para los muy recalcitrantes...

Para que no me acusen de "casero” hagamos una nueva ficción poniendo como ejemplo el caso de la Caixa (y el fondo buitre) con el que se inició este hilo.

Damos por ellos que todo se ha hecho correctamente... (principalmente las notificaciones) y sobre todo, que sabemos de qué hablamos.

Ficción: Imaginemos que el deudor en el momento que se le notifica que el actor pretende adjudicarse la finca subastada por los 73.758,36 € (Menos del 70% de la tasación) que supone el 29,59% del tipo para subasta (249.226,25 €) hace uso de ese derecho y nombra mejor postor... a un amigo, a un familiar o alguien interesado, de su entorno, y presenta postor ofreciendo pagar un euro más... Entonces... el Letrado de la Adm. ¿Qué hace, le priva al deudor de ese derecho?


Ahí los dejo...

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Vie 14 Dic 2018 4:32 pm
por newzel
Entiendo que no eres LAJ y no comprendes la mecánica de las subastas, porque el ejemplo que has puesto no tiene ni pies ni cabeza. En todo caso debes partir de una doble premisa, al ejecutante le interesa cobrar su crédito, no obtener plusvalía; al ejecutado le interesa el alzamiento del embargo y la recupración de su casa, y si no es posible, que la venta forzosa sea proporcional a la deuda. No hay más

Asímismo, el ejemplo que has puesto de comunidades de propietarios es desafortunado, dado que tales entidades disponen para el cobro de sus créditos de vías distintas al común de los mortales, en el propio proceso de ejecución

Si eres un postor, no deberías asesorarte aquí porque no vas a entender ni la mitad

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Vie 14 Dic 2018 4:56 pm
por Lacolamata
Si tu lo dices...

"Ni pies ni cabeza..." ¿Que ejemplo es el que no tiene ni pies ni cabeza? Todos son caso practico reales que se producen cada día.
Si no se quiere reconocer !es otra cosa!

¿Quieres que te diga cuantas subasta hay cada día en España instada por las ccpp?

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Vie 14 Dic 2018 7:13 pm
por Lacolamata
SUB-JA-2018-108090 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6
Avenida Pedro San Martin S/N Santander
Proc.: EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES
Nº.: 0000145/2016
NIG: 3907542120160003760
Materia: Obligaciones (merc)


Intervención: Interviniente: Procurador:
Demandante CDAD. PROP. VISTA ALEGRE 2- 4-6

Miren no se coman el coco... (uno entre miles)

¿Les apetece alguna EH? !hay montones!

Claro, si no se quiere ver la realidad no se ve... se apunta a la luna y ven sólo el dedo...

Sin acritud...

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Vie 14 Dic 2018 10:14 pm
por Uuuiiuuu
Eso no es una ejecución hipotecaria, es la ejecución de un título judicial. Un trámite muy distinto para llegar subasta.
Por cierto, yo no consigo concebir un caso practico de ejecución hipotecaria en el que una cominidad de propietarios sea la ejecutante :monito-me-dejas-ko:

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Sab 15 Dic 2018 12:18 pm
por Lacolamata
Pues vaya, pensaba que el nivel era bastante mayor...

Clase teórica no voy a dar (aquí se suponen que están aprendido...aunque lo comienzo a dudar).

A la subasta se llega por muchas vias (El declarativo... división de la cosa comun... monitorios...) Y CUANDO SE LLEGA A ESE PUNTO ES CUANDO SE APLICAN TODOS LOS CASO PRACTICOS.
Se van al CAPITULO IV... en adelante
Cuando esté subastada la finca... apliquen el 670... lo que corresponda… (no tengo que volver a decir que da igual el procedimiento de origen ¿no?)
Y no se molesten en buscar una EH a favor de una CCPP... no se si saben que tipo de "entidad" es la CCPP, igual el día que tocó se perdieron la clase, así que solo les diré que las "comunidades no tienen personalidad jurídica" (Es desmoralizante tener que decir esto !qué nivel!)

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Sab 15 Dic 2018 3:45 pm
por newzel
Menudo soplagaitas. Hay que ser tonto del culo para venir aquí a soltar gilipolleces y quedar como un estúpido

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Sab 15 Dic 2018 4:27 pm
por Lacolamata
newzel escribió: Sab 15 Dic 2018 3:45 pm Menudo soplagaitas. Hay que ser tonto del culo para venir aquí a soltar gilipolleces y quedar como un estúpido
Guauuuu!!!!

!Vaya nivel!

Felicidades, nunca había visto en castellano, tanto insulto en tan pocas palabra !Tienes gran capacidad de síntesis! y tu prosa es linda... !felicidades de nuevo!

Nota.-No quiero pensar en tu nivel de conocimientos jurídicos.

Re: DGRN: 50% mínimo adjudicar vivienda no habitual

Publicado: Sab 15 Dic 2018 5:02 pm
por uuuiuff
¿A quien vas a dar clases teóricas, subastero? ¿A Newzel, Randomize, Sisifo, Civilista, Alberto Martinez...?, ¿A mí?
¿Acaso vienes tú a subir el nivel técnico del foro? ¡Pero si no tienes ni idea!
Lo que hay que ver y leer :cabezazo2: :cabezazo2: