Vista prevista para el 5 junio 2018.
El Juzgado comunica el 18 mayo, sin fundamentar y sólo aludiendo al art. 188 LEC, la suspensión.
Lo único que la parte demandada ha presentado son 2 fotocopias de emails.
Uno, dónde aparece un email de la demandada con copia del email de un tercero y dónde indica 2 claves de vuelo a XXXXXXX, que adquiere ese tercero para ambos y aparentemente con fecha del 03 marzo pasado. No presentan ni documento autenticado ni billetes certificados por compañía aerea.
Otro, dónde aparece el email de la demandada con copia del email de un tercero con reserva de Hotel Z en XXXXXXXXXX a nombre de ese tercero y aparentemente con fecha del 03 marzo. No presentan ni documento autenticado ni factura de pago del Hotel.
Según el Juzgado se dará nueva Vista para SEPTIEMBRE 2018, como mínimo.
Con sólo dos fotocopias de emails, reales ó falsos, la LEC ¿permite la aplicación del 188?
Art. 188 LEC. Suspensión Vista Juicio Oral. Viaje de placer del demandado
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Re: Art. 188 LEC. Suspensión Vista Juicio Oral. Viaje de placer del demandado
Si no estas conforme con una resolución deberás recurrirla.
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Re: Art. 188 LEC. Suspensión Vista Juicio Oral. Viaje de placer del demandado
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Re: Art. 188 LEC. Suspensión Vista Juicio Oral. Viaje de placer del demandado
Hay una línea muy fina entre lo que es el asesoramiento y lo que es la consulta jurídica relativa a un tema que nos puede afectar a los LAJs, como son los datos o documentos que hemos de tener en cuenta para acordar o no la suspensión.
Las posibles alternativas o soluciones son de interés para tod@s, así que mientras no se traspase esa línea, mantendremos abiertos los temas.
Darabia, por estar al quite.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Re: Art. 188 LEC. Suspensión Vista Juicio Oral. Viaje de placer del demandado
En ese caso respondo, yo suelo dar traslado en estos casos dudosos a la otra parte antes de decidirme o no por la suspensión, precisamente porque si la otra parte no pone pegas para suspender, no voy a ser yo quien las ponga, pero si no está conforme sí que requiero alguna documentación adicional con mas visos de ser verdadera antes de resolver.
En tu caso como el LAJ ya ha resuelto, te queda la opción, como ya te dije antes, de impugnar la resolución que consideras no ajustada al 188.
En tu caso como el LAJ ya ha resuelto, te queda la opción, como ya te dije antes, de impugnar la resolución que consideras no ajustada al 188.
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Re: Art. 188 LEC. Suspensión Vista Juicio Oral. Viaje de placer del demandado
Yo, desde luego, con dos simples emails no suspendería. Lo habitual en estos casos es que te presenten reservas de hotel, vuelos, billetes de tren, etc
Estoy con Darabia. Lo que procede es recurrir.
Estoy con Darabia. Lo que procede es recurrir.
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