Buenas a todos,
Me surge la siguiente duda, en un procedimiento de división de cosa común la parte actora realiza una valoración del bien aportando una tasación en la que se refleja que no se ha accedido al bien y lo valora en la cantidad X, la parte demandada de allana a la pretensión pero no está conforme con la valoración realizada, argumentando que ésta debe hacerse en fase de ejecución, conforme al 367 de la LEC, mi duda debe hacerse la valoración en fase de ejecución?? hay riesgo de condena en costas a la demandada??
Valoración del bien acción extinción de condominio
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Re: Valoración del bien acción extinción de condominio
No entiendo muy bien lo que preguntas, supongo que el demandante ha fijado una valoración del bien a efectos de determinar cuantía de la demanda y que el demandado no esta de acuerdo con la cuantía. En todo caso es algo que deberá resolver el Juez si considera que hay o no un allanamiento total y por tanto debe dictar sentencia o continuarse el procedimiento en cuanto a lo que no haya allamiento
Desde un mixto de pueblo.....