¿Cabe paralización intereses del 576?

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LUIS

¿Cabe paralización intereses del 576?

#1 Mensaje por LUIS »

En un verbal de cantidad, el ddo consigna el papal desde q recibe la dda. Cd es condenado dice q paralizó el devengo de intereses del 576 con la consignación. Entiendo q es una forma de burlar la compensación x el quebranto económico del acreedor y, por tanto, esa consignación no paraliza unos intereses que se devengan ex lege. Lo veis así también ?