Competencia Laj en la enervación

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Hola

Competencia Laj en la enervación

#1 Mensaje por Hola »

Hola! En el caso de que en una demanda de desahucio el actor manifieste que no cabe enervación. Entendéis que tenemos competencia para cuestionarlo si entendemos que sí cabe? En caso afirmativo, de qué manera?

Gracias

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darabia
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Re: Competencia Laj en la enervación

#2 Mensaje por darabia »

Pues por ejemplo si te dice que ha requerido fehacientemente al demandando y no te lo justifica, le puedes requerir para ello. Sino yo lo que hago es poner en el decreto que no cabe enervación cuando considero que no reúne los requisitos para ello y el demandante puede recurrirlo, en su caso, si no está conforme (nunca me ha pasado).

En todo caso, el actor además puede oponerse a la enervación lo que daría lugar a una vista en la que resuelve el juez si se dan las circunstancias o no de la enervación (art 22.4 lec)
Desde un mixto de pueblo.....

hola

Re: Competencia Laj en la enervación

#3 Mensaje por hola »

Hola darabia!

Gracias por contestar tan rápido. Cierto que existe la vista en caso de oposición,pero no tengo claro que podamos requerir puesto que no es un requisito de procedibilidad...en fin...creo que no me meteré en ese jardín.

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