Buenas. La cuestión podrá parecer una chorrada pero la verdad es que me tiene comiéndome la cabeza desde hace un par de días. Taso costas sin exclusión. A la parte se le olvida meter el IGIC (el IVA canario, para entendernos). Recibo escrito solicitando rectificación de error material porque se le olvidó incluirlo en la minuta.
Por un lado, tengo mis dudas de que a una tasación de costas se le pueda aplicar el 214 y ss, ya que no la considero una resolución propiamente dicha. Con esto en mente me dan ganas de decirles que la vía para alterar la tasación es la de la impugnación, y que ahí me cuenten lo que tengan que decir. Obviamente, esa impugnación sería desestimada porque no se ha dejado de incluir ninguna partida. Es un despiste de la parte.
Por otro lado, pienso que todos cometemos errores y es obvio que se trata de una omisión no intencionada. Y a pesar de ello, sigo tendiendo a la solución de arriba. Quiero dárselo, pero considero que no sería legalmente correcto.
Me preguntaba si a alguno os ha pasado algo parecido y cómo habéis salido del atolladero. Saludos!
Modificar una tasación de costas
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Re: Modificar una tasación de costas
Creo que mientras no hayas dado traslado puedes rectificarla. E incluso habiéndolo dado, si la contraparte ( hoy por ti, mañana por mí) no se opone.
De todos modos, si es un tema como el del IVA en la península, IVA que se incluye sí o sí, no veo problema en que corrijas.
A ver qué opinan los colegas.
De todos modos, si es un tema como el del IVA en la península, IVA que se incluye sí o sí, no veo problema en que corrijas.
A ver qué opinan los colegas.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Re: Modificar una tasación de costas
La inclusión del IVA es obligatoria (243.2 in fine), no veo inconveniente en la rectificación.