Duda poder de representación

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pia

Duda poder de representación

#1 Mensaje por pia »

Buenas tardes compañero/as.
A ver si me sacáis de dudas . Me presentan un verbal de menos de 2000 euros por XXXX en calidad de representante de la entidad YYY y presenta un poder general para pleitos que le otorga M M M en nombre y representación de YYY y como administradora única de la entidad.( El poder dice que actuando como representante de la sociedad en aquellos procedimientos en que no sea preceptiva la intervención de letrado) La pregunta es puedo dar por valido el poder general para pleitos. Y tener a XXX como representante de la entidad YYY .

SALUDOS

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darabia
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Re: representacion

#2 Mensaje por darabia »

Las personas tanto físicas como jurídicas solo pueden actuar en aquellos casos en lo que no se preceptivo procurador, por si mismas o a través de su representante legal. El único representante voluntario admitido es el procurador. Así que la persona jurídica XXX, o bien actúa mediante procurador, o bien a través de su representante legal que sera en ese caso su administrador único.

art 7.4 LEC: Por las personas jurídicas comparecerán quienes legalmente las representen.
Desde un mixto de pueblo.....

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