Liquidación Daños y Perjuicios. Competencia del LAJ.

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MAPS
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Liquidación Daños y Perjuicios. Competencia del LAJ.

#1 Mensaje por MAPS »

Hola a todos:

Mi nombre es Antonio y ejerzo de Abogado (ICAM). Os traigo una propuesta para pediros vuestra opinión profesional así como la indicación de resoluciones (Autos y Sentencias procedentes de ambos grados y también del Tribunal Supremo) recaídas en ese incidente de los arts. 713 a 716 LEC cuando se trata de liquidar daños y perjuicios.

La cuestión se ciñe a lo siguiente: habida cuenta del tenor del art. 714 es apropiado decretar el cierre de la pieza incidental en el supuesto de que el deudor ejecutado guarde silencio durante el tiempo en que se le da traslado del escrito del ejecutante (art. 713 LEC). El precepto es de configuración legal imperativa y establece, entre otras, una presunción iuris et de iure para elaborar una ficción ipso iure por la que se estima en tal caso una conformidad ex silentio del deudor con la relación de daños y perjuicios deducida por el acreedor ejecutante. LA competencia es atribuida ope legis a la Oficina Judicial, de manera que el Letrado de la Administración de Justicia la incorpora ope legis al elenco de sus funciones y sólo si hay una oposición fundada y "dentro del plazo legal", cedería esa parcela competencial a favor del Juzgador quien estará llamado a desarrollarla en un procedimiento que habrá de ventilarse por los trámites del juicio verbal.

¿Es así? Lo digo porque en algo tan simple he cosechado un auto del Juzgado tumbándome esa interpretación y aplicación del Derecho, ulteriormente refrendada por el Tribunal de Apelación por confirmar íntegramente en su Sentencia la resolución de primer grado.

¿Conocéis Autos o Sentencias que traten este tema en particular, bien sean del Juzgado o del Tribunal de Apelación? Incluso, ¿tenéis noticia de alguna sentencia del Tribunal Supremo al respecto?

Gracias por leerme y por prestarme ayuda, compañeros.

Saludos cordiales.

laj 89

Re: Liquidación Daños y Perjuicios. Competencia del LAJ.

#2 Mensaje por laj 89 »

no podemos asesorar a professionales
saludos

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