Buenos dias,
en un procedimiento monitorio de cuantía superior a 2.000 euros en el que, requerido el demandado no atiende el requerimiento y se dicta Decreto de archivo, ¿consideráis que deben de imponerse las costas en el supuesto de que el demandante, persona jurídica y que por tanto ha tenido que pagar tasa, tenga su domicilio fuera de mi partido judicial? Muchas gracias.
Costas en monitorio superior a 2.000 euros por art.32.5
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: Costas en monitorio superior a 2.000 euros por art.32.5
Tema tratado ya en otros años
Mayoritariamente de admite que en monitorio no proceden las costas nunca, salvo los casos de L prop horizontal
Un saludo
Mayoritariamente de admite que en monitorio no proceden las costas nunca, salvo los casos de L prop horizontal
Un saludo