Poder otorgado por notario italiano.

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laj348

Poder otorgado por notario italiano.

#1 Mensaje por laj348 »

Buenos días,
me presentan una demanda acompañada de poder otorgado por un notario italiano a favor del Procurador que la presenta, la admitiríais o habría que requerir para que aporten poder otorgado ante notario español, no tengo ni idea de lo adecuado. Muchas gracias.

Secretanovato

Re: Poder otorgado por notario italiano.

#2 Mensaje por Secretanovato »

Ese poder es completamente válido...

Está otorgado en otro país de la unión europea, ante el funcionario competente.

Mininota
Mensajes: 59
Registrado: Lun 23 Abr 2018 9:51 pm
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Re: Poder otorgado por notario italiano.

#3 Mensaje por Mininota »

El problema se plantea con los “notaries” anglosajones; pej, en USA hay más de un millón. Cualquier empleado de gasolinera es “notary”, y te legitima lo que sea, por vete tú a saber que procedimientos (no solo con el pasaporte; yo obtuve una actuación de uno con mi licencia de vuelo de ultraligeros). Y lo mismo en muchos países de centro y suramérica.
Un notaro italiano es diferente, ya que elabora la escritura, no se limita a legitimar firmas; actúa igual que uno español.
La materia la regula la Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil.
Artículo 56. Ejecución de documentos públicos extranjeros.
1. Los documentos públicos expedidos o autorizados por autoridades extranjeras serán ejecutables en España si lo son en su país de origen y no resultan contrarios al orden público.
2. A efectos de su ejecutabilidad en España deberán tener al menos la misma o equivalente eficacia que los expedidos o autorizados por autoridades españolas.

Los anglosajones NO conocen el concepto de instrumento público; solo el de documento privado con firma legitimada.
De ahí que en tales áreas jurídicas deba acudirse al Cónsul de España en funciones notariales.

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