Hola a todos,
este es mi primer mensaje en el foro y NO está relacionado con el hipotecario, pero SI con la rebeldía. (No encuentro la forma de iniciar este tema)
¿El declarado en rebeldía puede personarse y recurrir esa declaración?
Pienso que no pues una de las características de la rebeldía es que no se puede ir hacia atrás en el procedimiento.
Espero respuesta.
Gracias
¿El declarado en rebeldía puede personarse y recurrir esa declaración?
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