EJH:. Consignación exceso de responsabilidad hipotecaria

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InvitadoLaj

EJH:. Consignación exceso de responsabilidad hipotecaria

#1 Mensaje por InvitadoLaj »

Buenas tardes,
¿Algún compañero podría darme luz a una duda que creía no tener y no se si estaba equivocado?:
EJH de un solar: Subasta desierta y acreedor pide adjudicación por el 50%.
Falta mucho aun para cubrir la deuda una vez liquidada ésta.
Veo que en la certificación del saldo deudor los intereses ordinarios supera en mucho el limite de RH por estos, como hay acreedores posteriores con derecho inscrito le requiero para q ingrese la diferencia antes de adjudicar y recurre, pq entiende que la imputación de pagos se hace conforme a la RH y no respecto al saldo deudor con el limite de aquella q es lo que yo hago y dice no tener q consignar porque con su adjudicación se cubre esa RH por interés ordinarios🤔🤔 y todavía queda algo para el principal de la RH.
Yo creo q la imputación se hace al saldo deudor q es por el q se ha calculado lo debido para despachar con el limite de RH, y si no hubiera acreedores posteriores no habría problema en adjudicar pero los hay.
¿ Qué opináis? ¿ Lleva razón el actor y yo estoy equivocado ? O ¿ Está equivocado el?
Gracias!!

Elastygirl71
Mensajes: 28
Registrado: Mié 08 Jun 2016 11:59 pm
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Re: EJH:. Consignación exceso de responsabilidad hipotecaria

#2 Mensaje por Elastygirl71 »

Buenos días. Interesadísima en la respuesta que te pueda dar Terminatrix, Randomize, Newzel y etc. etc..... En mi caso no se muy bien cómo conjugar la Responsabilidad hipotecaria, la verdad. En mi ejecución, el total de lo debido asciende a 129.000 y pico de euros y el ejecutante solicita la adjudicación por 208.000 euros. Le requiere para que ingrese la diferencia y estoy a la espera. Hay acreedores posteriores. El excell de la distribución hipotecaria tan maravilloso que tenéis subido, en algunas de sus partes no sé como interpretarlo. Perdida en la jungla, vamos. Muchas gracias.

Invi85

Re: EJH:. Consignación exceso de responsabilidad hipotecaria

#3 Mensaje por Invi85 »

Se echa de menos que intervengan esos foreros o civilista, tal como lo hacían antes..... Volved! Jeje

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sisifo
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Registrado: Mié 30 Nov 2011 9:49 pm

Re: EJH:. Consignación exceso de responsabilidad hipotecaria

#4 Mensaje por sisifo »

Hola a todos.

Coincido con el abogado, aunque no en cómo lo expresa, en que no hay que consignar cantidad alguna.

En el caso expuesto, el acreedor ha solicitado la adjudicación por un precio concreto, y dicho importe se distribuye entre los distintos conceptos por su orden, con el límite de la cobertura hipotecaria, hasta agotarlo, quedando aún deuda pendiente. Para el supuesto de que una vez cubiertos todos los conceptos, no se hubiera agotado el precio de adjudicación, entonces sí tendríamos un sobrante que tendría que consignar el acreedor.

Sin embargo cuando se trata de una adjudicación por lo debido por todos los conceptos, el ejecutante si tendría que consignar el exceso reclamado en el tramo de intereses remuneratorios, pues expresamente ha solicitado la adjudicación por “todos” los conceptos reclamados aunque éstos excedan del límite de responsabilidad hipotecaria.

En mi opinión, el exceso de adjudicación por superar lo reclamado la cobertura hipotecaria, solo se produce cuando el ejte. solicita la adjudicación por todos los conceptos.

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