¿Puede el banco iniciar un procedimiento de EJH contra el hip. no deudor después de haber optado por el ordinario?

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Alonso
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¿Puede el banco iniciar un procedimiento de EJH contra el hip. no deudor después de haber optado por el ordinario?

#1 Mensaje por Alonso »

¡Hola a todos!
Alguien me podría resolver una duda.
Se hipotecan dos fincas en garantía de una obligación futura (hipoteca de máximo), una del propio deudor y otra de un hipotecante no deudor. Además, se garantiza dicha obligación mediante un contrato de afianzamiento solidario otorgado por el propio deudor y un tercero.
La entidad acreedora, en vez de iniciar un procedimiento de ejecución hipotecaria y, en su caso, al no cubrirse en la subasta la cantidad adeuda, pedir el despacho de la ejecución por la cantidad que falte contra el deudor y el fiador solidario (art. 579 LEC), inicia un procedimiento de ejecución ordinario contra el deudor y el fiador solidario (No es demandado el hipotecante no deudor ya que su responsabilidad es limitada).
Mi pregunta es, ¿puede la entidad acreedora iniciar un procedimiento de ejecución hipotecaria contra el hipotecante no deudor después de haber optado por el procedimiento ordinario?, yo entiendo que no, por un lado, porque tendría que demandar nuevamente al deudor, y éste ya fue demandado por el procedimiento ordinario, y, por otro, porque sería un abuso de derecho procesal, ya que el artículo 579 LEC le permite iniciar el procedimiento hipotecario y después continuar con la ejecución respecto de los demás bienes del deudor y del fiador solidario, pero no a la inversa.
¿Qué opináis?, un saludo y gracias