Buenos días/tardes.
En una ENJ hay muchos ejecutados, parte de ellos no personados (ni con profesionales ni sin ellos : cuantía superior a 2000 euros).
¿Creéis justificado legalmente o conveniente en la práctica darles traslado de un peritaje-tasación de finca (para subasta) a los no personados (a los efectos de posibles alegaciones o presentación de peritaje alternativo) ?
(El procedimiento está muy atrasado por problemas en la presentación de dicho peritaje y el tiempo de los meses duros de la pandemia; y ya sabéis, con estos ejecutados casi siempre hay problemas con sus domicilios).
Traslado peritaje-tasación finca parte no personada
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- Abuelo (José Antonio)
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Re: Traslado peritaje-tasación finca parte no personada
"639.4 LEC Hasta transcurridos cinco días desde que el perito designado haya entregado la valoración de los bienes, las partes y los acreedores a que se refiere el artículo 658 podrán presentar alegaciones a dicha valoración...". Entiendo que la LEC obliga a trasladar a las partes la pericial (no basta con hacerlo a las partes personadas).
Otra cosa: las ENJ piden postulación mediante abogado y procurador siempre, independientemente de la cuantía de la ejecución.
Otra cosa: las ENJ piden postulación mediante abogado y procurador siempre, independientemente de la cuantía de la ejecución.
DFW dejó dicho: La mediocridad depende del contexto. ( )