Registro de la Propiedad

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Invitado

Registro de la Propiedad

#1 Mensaje por Invitado »

Qué ocurre con los aranceles del Registro de la Propiedad y la liquidacin del impuesto en los acasos de anotacion y cancelacion de embargos en procedimientos penales? Tengo entendido que son procedimientos de Oficio y el Registrador tiene que cumplimentarlos.. Lo digo porque han remitido Comision rogatoria, via Fiscalia interesando cancelacion de embargo sobre determinados saldos bancarios y bienes inmuebles trabados en virtud de un procedimiento penal de hace dos años iniciado a instancias de Fiscalía y el Registrador ha suspendido la anotacion hasta tanto no se liquide el impuesto.
Un saludo a todos

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Carlos Valiña
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Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
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#2 Mensaje por Carlos Valiña »

En Social Santander los Registradores de Bienes Muebles mandan la factura al Juzgado y hay que meterla en la tasacion de costas.

En Penal me he fijado hoy a raiz de tu consulta y en el oficio les pone "los gastos de la cancelacion se entenderan de oficio" y de momento no han puesto pegas.

Siempre te queda la cancelacion de las anotaciones preventivas de embargo automatica por caducidad.

En todo caso la tendencia, en este punto, como en todo, es a peor, y se van eliminando las facilidades que tenian los juzgados en materia de edictos y demas. Mas palos en nuestra ruedas. No entro en la justicia de lo que pide el registro, solo veo que siempre estamos con la medalla del amor de la justicia:

PEOR QUE AYER MEJOR QUE MAÑANA

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com

JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

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