Hola. Mi duda es la siguiente: en un desahucio a la vista concurrió el demandado pero sin abogado y procurador y por ello se le tuvo por no comparecido en forma. en este sentido,¿ se le puede tener ,conforme el articulo 440. 3 de Lec, como no comparecido y al no venir a por la sentencia en 6 dias notificarle por edictos.?
El compareció pero no en forma, y el problema es que ahora no recoge el correo y el lanzamiento es en 20 dias.
muchas gracias
Notificacion sentencia desahucio
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- Terminatrix
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Yo creo que es aplicable el 440-3º y que no tienes necesidad ninguna de publicar edicto
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.